La Sala Penal de la Corte confirmó que el pedido de reapertura de la investigación por enriquecimiento ilícito contra el senador Javier Zacarías Irún, deberá tramitarse en los juzgados del Alto Paraná y no de la capital.
Con voto dividido, la Sala Penal declaró inadmisible la apelación planteada por los fiscales Josefina Aghemo y René Fernández, en contra de la resolución que dispuso que la causa sea juzgada en los tribunales del Alto Paraná.
Los ministros Luis María Benítez Riera, Miryam Peña y Gladys Bareiro de Módica rechazaron in límine la recusación en contra del primero de los citados, por parte del abogado Eduardo González.
Después, por el voto en mayoría de las ministras Peña y Bareiro, entendieron que el recurso de apelación general planteado por los fiscales era inadmisible.
Entendían que la Corte no podía estudiar apelaciones generales. En todo caso, debían plantear una excepción de incompetencia de jurisdicción. En otras palabras, decir ante el juez de Ciudad del Este que no es competente. Además, apunta que no es un agravio irreparable.
Por su parte, Benítez Riera señala que la resolución era nula porque no se cumplió con el principio de igualdad de las partes.
En el caso, la Fiscalía pidió la reapertura del caso por enriquecimiento ilícito del senador Javier Zacarías Irún al juez Gustavo Amarilla. Este se inhibió porque dijo que preopinó. El juez Miguel Tadeo Fernández dijo que debía ser él quien juzgara el caso por lo que fue al Tribunal de Apelación, que resolvieron que el caso debía ir al Alto Paraná.