09 abr. 2026

La alianza público-privada

Por César Barreto Otazú (*)

Finalmente en la semana pasada el Poder Ejecutivo emitió el decreto que reglamenta la ya famosa Ley 5102 de Promoción de la Inversión en Infraestructura Pública, conocida como la Ley de Alianza Público-Privada (APP). Con este paso se completan los aspectos formales para la implementación de esta ley.

Si bien, tanto la ley como el decreto reglamentario podrían ser mejorados, ambos reúnen los requisitos básicos para convertirse en instrumentos efectivos para impulsar el desarrollo de la infraestructura a través de la inversión privada.

De aquí en más, el éxito de la APP como instrumento para el desarrollo dependerá de la adecuada evaluación y la selección de los proyectos más rentables; de la claridad en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones, y de los contratos de participación público-privada; de la transparencia en los procesos de licitación y adjudicación de los contratos; y, de la eficiencia y eficacia en la ejecución, operación y fiscalización de cada uno de los contratos correspondientes.

La evaluación de cada proyecto de la APP tendrá un alto grado de complejidad técnica, jurídica, económica, financiera y social; muchos de ellos desconocidos en la práctica para los funcionarios técnicos de la STP, del Ministerio de Hacienda, del MOPC, de la Procuraduría General de la República, etcétera.

La redacción de contratos que consideren claramente todos los escenarios y eventos posibles en el transcurso de la ejecución y la operación de los contratos de largo plazo, requieren de experiencias y conocimientos que la mayoría de nosotros carecemos actualmente.

Esta falta de experiencia es un riesgo en el proceso de implementación de la APP, que debe ser mitigada con la contratación de asesores externos, probablemente extranjeros, y con el apoyo de los organismos multilaterales y de gobiernos amigos que ya transitaron por estas experiencias anteriormente.

Obviamente, al mismo tiempo se irán capacitando a las personas para adquirir la experiencia que solamente la práctica concreta puede proveer.

Por otro lado, es fundamental garantizar licitaciones genuinamente competitivas que hagan que tres o más empresas privadas pujen por la obtención del contrato en condiciones igualitarias para todos.

Esta competencia garantizará que las tarifas sean menores para los usuarios o que el aporte del Estado sea menor o que los royalties que tenga que pagar el concesionario al Estado sean los mayores posibles.

En este aspecto, el decreto reglamentario, aparte de incorporar la supervisión de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas y la utilización obligatoria del Portal de Contrataciones en los procesos de contratación, aclara la manera en la cual será analizado, evaluado y protestado cada uno de los procesos de licitación, de una manera parecida a la Ley 2051 de Contrataciones Públicas.

Además, según el decreto, la Procuraduría General de la República debe emitir un dictamen sobre los recursos de reconsideración y protesta que puedan ser interpuestos por algunas de las empresas participantes en la licitación, aunque el veredicto no es vinculante.

Por lo tanto, si bien el decreto incorpora pasos que agregan burocracia al proceso, esta ley busca incorporar a todas las instituciones que sean competentes en la materia para reducir los riesgos y contratar empresas que tengan la competencia apropiada en las mejores condiciones posibles para la ejecución de los proyectos.

Finalmente, es necesario que las administraciones contratantes –como el MOPC– incorporen además de experiencia y conocimientos suficientes, una adecuada organización, de tal manera a administrar y fiscalizar de forma efectiva el cumplimiento de los contratos firmados por cada uno de los participantes privados que se irán incorporando paulatinamente.

Ya están la ley y su reglamento. A partir de ahora, depende de las personas responsables su implementación exitosa para que gane legitimidad y la confianza de la ciudadanía.

Lo veremos con el tiempo.

(*) Economista de Desarrollo en Democracia (Dende), ex ministro de Hacienda.