12 may. 2024

Justicia rechaza amparo en caso del Anfiteatro de San Ber

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San Ber. El Anfiteatro José Asunción Flores volvió a manos de la Municipalidad.

El Poder Judicial dio a conocer ayer la sentencia de rechazo al amparo constitucional presentado por la firma Atlantis Producciones SRL e INDUS SA contra la Municipalidad de San Bernardino, sobre el conflicto en torno al Anfiteatro José Asunción Flores.

La empresa presentó la acción legal a fin de seguir con el arrendamiento que fue suspendido hace unos días por dicha comuna.

La sentencia responde a la acción de amparo constitucional que había presentado la empresa Atlantis Producciones SRL, que tenía un contrato vigente con la Municipalidad de San Bernardino para la explotación del Anfiteatro José Asunción Flores, emblemático sitio que concentra el entretenimiento de la ciudad, sobre todo en la temporada estival, al ser el sitio de concurridos eventos, conciertos, fiestas y otras actividades de recreación.

Suspensión. El conflicto se había iniciado a principio del mes cuando la Municipalidad de la ciudad veraniega comunicó la rescisión del contrato de arrendamiento del Anfiteatro José Asunción Flores en razón del supuesto incumplimiento de varias cláusulas del contrato, entre las que se destaca la construcción en el predio sin la debida autorización de la Comuna.

Además, entre las razones, la Municipalidad manifestó que acudió hasta el lugar y se constató el estado de abandono, la falta de trabajos de conservación y valoración del inmueble, el estado de deterioro, falta de mantenimiento, etc. Con esa decisión, el espacio quedó a cargo de la Comuna. La decisión se expresa en la Resolución N° 1030/2022, que fue homologada por la Junta Municipal por la Resolución N° 83/2022.

En consecuencia, la firma Atlantis, que fue despojada del arrendamiento, presentó luego una acción de amparo constitucional en la que cuestionaban y apuntaban como irregular la decisión de la Municipalidad, calificándola como quiebre de contrato, además de resaltar en su justificación otras razones.

Entre estas, se señala la violación del principio de legalidad por la Intendencia Municipal; la presentación de planos que fueron ingresados para aprobación de la dirección de Obras; el peligro inminente de perjuicio patrimonial del anterior arrendatario; perjuicio económico; perjuicio a los empleados de la firma Atlantis Producciones SRL, etc.

De igual modo, se manifiesta que la firma ya había establecido acuerdos con otras empresas y que estas se verían afectadas por esta rescisión del contrato, además de sostener que se realizaron mejoras en el lugar.

Respuesta. La acción fue contestada por los abogados de la Municipalidad de San Bernardino, quienes contrastaron las afirmaciones de la otra parte con detalles de los acuerdos firmados, como fragmentos expresos de las reglamentaciones y otros documentos.

Finalmente, ante lo expuesto por ambas parte, el Juzgado de Primera Instancia de la Niñez y Adolescencia del Primer Turno de Cordillera, decidió no hacer lugar a la acción de amparo constitucional.

La decisión fue publicada ayer por la institución.

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