Se trata de Aurelio Espínola Caballero, quien recusó ahora al fiscal y a la jueza del caso, Alicia Pedrozo, a más de presentar un pedido de nulidad del acta de imputación, conforme explicó el agente fiscal.
Según la imputación, en la noche del 19 de agosto del 2020, el ex diputado llegó a su casa, y como estaba con fiebre, fue a la clínica La Veró SA (ya clausurada), en Herrera casi Estados Unidos, donde fue tratado por el médico, quien señaló que tenía una neumonía bacteriana.
Al día siguiente, fue de nuevo a la clínica, junto con su esposa, la camarista Sonia Deleón Franco, donde el ex legislador fue atendido por el médico Espínola. Luego quedó internado en la clínica, y le practicaron la nebulización, varias veces.
Según la imputación, la esposa le pidió al médico varias veces que le practicara el hisopado, y que le hiciera una placa del tórax, para mejor diagnóstico, pero el médico le dijo que no era necesario, porque era un cuadro bacteriano y no viral.
Añade Grisett, que ya el 21 de agosto, la esposa de nuevo pidió el hisopado y las placas, para descartar el Covid-19, pero el médico descartó verbalmente el protocolo. Es más, como no mejoraba, el mismo galeno le dio su plasma, ya que había superado el coronavirus.
Sin embargo, dice el fiscal, la situación se agravó y el 22 de agosto, la esposa lo trasladó al sanatorio La Costa, donde le practicaron el hisopado y las placas, donde se pudo determinar que tenía sus pulmones muy dañados y porque no se le hizo el tratamiento a tiempo, falleció.
Con ello, dice la imputación fiscal que el médico Aurelio Espínola omitió los pasos médicos básicos de diagnóstico al conocer los síntomas, como fiebre, cuestiones de índole respiratoria y afecciones propias del Covid.
Según el fiscal, si se hubiera seguido el protocolo, hubieran permitido diagnosticar correctamente la dolencia, para la aplicación del tratamiento médico adecuado, específicamente, para la neumonía viral por coronavirus, lo que le causó la muerte.