07 ene. 2026

Hace 14 años el MJT pierde juicios por el salario del chofer cobrador

Según el gerente de la Línea 30, todas las veces que el sector empresarial recurrió a la Justicia logró la inconstitucionalidad de la forma en que una resolución fija el salario de los conductores del transporte público.

“La sentencia de la Corte Suprema de Justicia no cambiará nuestra situación, seguiremos cobrando G. 2.155.000 cada mes, que es lo que percibimos incluyendo el salario mínimo y el plus del 30% por la función de cobrador; el administrador nos dijo que no habrá recortes a nuestra remuneración”, manifestó Claudio Ríos, secretario general del sindicato de la empresa Vanguardia, Línea 30.

Las expresiones del sindicalista se refieren a las sentencias que declaran inconstitucional el reglamento del Ministerio de Justicia y Trabajo (MJT) que fija el salario para el chofer cobrador, que fue recurrido en el 2011 por las empresas del transporte.

La Línea 30 es una de las beneficiadas con 24 sentencias emitidas esta semana por la Corte Suprema de Justicia.

El sindicalista Ríos apuntó que la empresa está trabajando acorde a la ley. En cambio, afuera un grupo de trabajadores estaba realizando una olla popular porque habían sido despedidos por formar otro sindicato y realizar reclamos por mejores condiciones de trabajo.

El Lic. Aufredi Paredes, gerente de la firma Vanguardia, expresó que no es la primera vez que la Corte Suprema de Justicia emite sentencias aceptando la inconstitucionalidad presentada por las empresas de transporte sobre el sistema de aplicación del salario del chofer cobrador.

“Desde 1999, y luego de cada aumento del salario mínimo, se tuvieron que presentar acciones de inconstitucionalidad porque el Ministerio de Justicia y Trabajo insiste en hacer los cálculos de cada ajuste salarial contemplando el plus del 30% al chofer-cobrador. Esto, como parte del salario mínimo, y en cada ocasión siempre la Corte Suprema de Justicia nos dio la razón”, señaló el gerente de la empresa Vanguardia, con sede en la ciudad de Luque.

EL ORIGEN DEL CONFLICTO. Relató que el fondo del conflicto es que el Ministerio de Justicia y Trabajo fija el aumento del piso salarial contemplando en el monto global de la remuneración mensual el 30% del plus que se paga a los conductores por ejercer también la función de cobrador del pasaje.

“El artículo 192 del Código Laboral indica que el conductor que hace de cobrador tendrá un 30% más sobre el salario percibido. Es decir, se está refiriendo al salario mínimo, sin embargo, a la hora de fijar el aumento del salario mínimo el Ministerio lo viene haciendo sobre el monto global, que ya incluye el plus, y luego en base a eso hay que de nuevo aplicar el plus del 30%", relató el gerente de la Línea 30.

Dijo que pese a que desde hace 14 años el sector empresarial gana las inconstitucionalidades presentadas, ninguna administración del Ministerio de Justicia y Trabajo corrigió la forma de calcular el salario mínimo del trabajador del transporte público.

Gran parte de las inconstitucionalidades presentadas tras el ajuste salarial del 2011 tuvo a la abogada María Lorena Segovia, actual ministra de Justicia y Trabajo, como patrocinadora. El gerente de la Línea 30 dijo que la doctora Segovia fue la abogada en la última ocasión y que anteriormente el sector empresarial trabajó con otros abogados.

“TODAVÍA SE PAGA POR REDONDOS”

En la Línea 30, empresa de transporte público, existen dos sindicatos, uno en funcionamiento desde hace mucho tiempo y otro recientemente formado, división del grupo original.

Para el sindicato cuyo secretario general actual es Claudio Ríos, en la empresa Vanguardia cumplen con las leyes laborales y la seguridad social.

En cambio, en el grupo recién formado, Darío Peralta, secretario de Asuntos Legales, denunció que ocho miembros de la agrupación fueron despedidos cuando empezaron a gestionar el reconocimiento sindical.

A la vez, señaló que en la Línea 30, como en la gran mayoría de las empresas de transporte público de Gran Asunción, existe un porcentaje elevado de conductores que cobran por redondos (viajes realizados de ida y vuelta) y no tienen un salario ni seguridad social.

Aufredi Paredes, administrador de la Línea 30, manifestó que en la empresa se ajustan a la legislación y que los despidos fueron porque retiraron varias unidades de circulación.