Los estudios realizados por algunos investigadores en Paraguay dan cuenta de un problema que se encuentra en el corazón de la normativa: El criterio de distribución de los recursos destinados a educación entre los municipios y departamentos. Este no se basa en las necesidades de los mismos o en objetivos de reducción de desigualdades educativas territoriales, sino en afectación de las represas al territorio.
El 25% de los recursos del Fonacide deben dirigirse a departamentos y municipios y esta proporción a su vez se distribuye según Ley N° 3984/10 que establece la distribución de los royalties y compensaciones en razón del territorio inundado.
Al menos el 50% de los ingresos percibidos por gobiernos departamentales y municipales deben destinarse al financiamiento de proyectos de infraestructura en educación, consistentes en construcción, remodelación, mantenimiento y equipamiento de centros educativos y el 30% al financiamiento de proyectos de almuerzo escolar en Educación Inicial y Educación Escolar Básica del 1° y 2° ciclo de instituciones oficiales, ubicadas en contextos vulnerables. El Ministerio de Educación y Ciencias es la entidad encargada de establecer normas y estándares.
A primera vista se observa que esta forma de distribución no responde a objetivos educativos ni a garantizar los derechos de la niñez, sino que además reproduce y profundiza desigualdades regionales, que en lugar de ser eliminadas por las políticas públicas son reproducidas y hasta profundizadas.
Por otro lado, al no existir mecanismos eficaces de monitoreo y evaluación desde el nivel central, cada departamento y municipio termina ejecutando los fondos sin que estos reciban el seguimiento para que tengan el impacto y la calidad esperada. De hecho, las municipalidades están parcialmente fuera de la normativa que rige las finanzas públicas, lo que limita la trazabilidad de sus gastos y el seguimiento por parte de los organismos públicos con competencia en evaluación y de la ciudadanía para el ejercicio de su derecho a la auditoría social.
De esta manera, a los problemas de equidad territorial de la ley se agregan los de eficiencia y transparencia. Esto sin considerar la pereza fiscal que significa la permanente transferencia de recursos públicos hacia los organismos descentralizados cuyas autoridades no tienen compromiso con la ciudadanía que los votó.
A pesar de la gran cantidad de recursos que reciben ciertos departamentos y municipios en virtud de la ley de Fonacide, ninguno de estos ha logrado constituirse en ejemplo de acceso universal a servicios de salud y alimentación escolar debido a que no agregan más recursos (propios) a los transferidos y a que su uso ha sido ineficiente debido a problemas en las contrataciones públicas.
Es más, muchos de estos departamentos y municipios cuentan con informes de la Contraloría General de la República que los involucran en casos de corrupción, en la mayoría de los casos impunes debido a la inacción del Poder Judicial.
Un mejor resultado de la ejecución de estos fondos no se logrará solo con una nueva ley con cambios en su articulado. Se requiere integrar a las finanzas municipales de manera plena al sistema de administración financiera, fortalecer la institucionalidad de monitoreo, evaluación y transparencia del nivel central y generar los mecanismos de incentivos que garanticen una buena gestión de los recursos y el aporte complementario de los gobiernos departamentales y municipales, para vencer la pereza fiscal que genera el actual sistema de financiamiento.