Mediante la Resolución 125, Hacienda estableció los procesos de aplicación, cobro y procedimiento recursivo contra las multas directas establecidas en la Ley 5895/17, normativa que elimina las sociedades anónimas (SA).
En ese sentido, la disposición indica que una vez identificada la infracción de la sociedad o el accionista, se realizará una notificación vía correo electrónico declarado. El infractor tendrá el plazo de cinco días para solicitar, por la misma vía, la intención de abonar con el beneficio de la reducción del 50% de la multa o solicitar la apertura de un sumario.
En el caso de no plantear la acción recursiva, la Abogacía del Tesoro remitirá los antecedentes a la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) para la inclusión de la multa en el estado de cuenta del infractor.
Según el calendario determinado por Hacienda, los contribuyentes que tienen 0 y 1 como últimos números del RUC ya son pasibles de sanción. El próximo vencimiento es el 18 de marzo.