Además de definir criterios para la identificación de proyectos a largo plazo a modo de facilitar el financiamiento, la mencionada resolución establece que las entidades financieras deberán evaluar y determinar la viabilidad del proyecto en todos sus ámbitos, obtener garantías adicionales durante la fase de construcción del proyecto y contar, para cada caso en particular, con la aprobación formal del Directorio para este tipo de crédito específico.
Además, el monto de lo financiado por las entidades financieras no debe superar el 20% del total de los recursos obtenidos para los proyectos de inversión a largo plazo ni del patrimonio efectivo del banco. Desde la consultora Mentu señalaron que esta normativa se vuelve relevante ya que pretende fijar los mecanismos que contribuyan a promocionar la financiación de proyectos de inversión a largo plazo en beneficio de la economía local.
Conforme a las explicaciones, un préstamo de largo plazo podrá ser respaldado con garantías hipotecarias, imputables hasta el 70% de su valor de tasación; garantías prendarías, imputables hasta el 50% del valor de tasación, derecho real de superficie forestal, entre otros.