Además, en caso de aplicar una sanción monetaria, la misma debe ir destinada a las comunidades carenciadas, conforme a la modificación que se aprobó.
La ampliación de facultades de los jueces señala: ”Incorporar dentro de las facultades de los jueces penales las posibilidades procesales previstas dentro del Art. 301 del CPP que no tengan un contenido imputativo, con la recomendación que se realicen a través de audiencias telemáticas, con la recomendación que las condiciones de dación impuestas sean destinadas a las comunidades carenciales”.
El citado artículo del Código Procesal Penal, apunta que si el fiscal no imputa al procesado y puede requerir la desestimación, la aplicación de criterios de oportunidad, la suspensión condicional del proceso, aplicar el procedimiento abreviado o se realice una conciliación.
Esto permitirá que las causas no llenen el sistema judicial, ya que a la fecha, la Fiscalía ya presentó 2.026 imputaciones todos por violar la cuarentena sanitaria.
Según la ministra Carolina Llanes, que fue la que pidió modificar la acordada, esta medida permitirá agilizar los trámites, a más de que la reparación del daño social sea para las comunidades carenciadas a raíz del Covid-19.
EXHORTACIÓN. Por otro lado, la Sala Penal de la Corte, exhortó a los jueces Penales, a seguir con las revisiones de oficio de las medidas cautelares a las personas privadas de su libertad.
Les pide que se usen indistintamente los medios telemáticos e inclusive escritos, en el caso de las revisiones de oficio, que permitan agilizar las decisiones con relación a las medidas de prisión preventiva.
Requiere que se prioricen los grupos vulnerables, siempre que los presupuestos generales estén debidamente justificados.
Asimismo, la Sala Penal exhorta a los jueces de Ejecución de Sentencia a agilizar los trámites para el otorgamiento de los beneficios penitenciarios a los privados de libertad, priorizando los grupos vulnerables; respetando siempre la independencia de criterio de cada magistrado.
En este caso, en el pleno se habló de que los informes socioambientales sean realizados también a través de los medios telemáticos, de modo a continuar los trámites.
Estos trámites se dan principalmente para la concesión de la libertad condicional para los condenados, donde se requiere un informe socio-ambiental de la vivienda donde estará el condenado.
Por reposo médico, suspenden juicio a Camilo Soares
El juicio oral al ex ministro de la Secretaría de Emergencia Nacional, Camilo Soares, y a Alfredo Guachiré, fue suspendido ayer porque el primero estaba con reposo médico.
Soares no se presentó a la audiencia, y su defensor presentó un certificado médico firmado por el doctor Rodrigo José Vázquez, del sanatorio Santa Julia, donde da 48 horas de reposo por un probable cuadro de dengue.
Sin tapabocas. Con respecto a Guachiré, llegó sin tapabocas, por lo que no le quisieron dejar entrar a tribunales. Fue a buscar y no las halló en las farmacias cercanas, hasta que finalmente un policía le dio uno y así ingresó ayer a tribunales.
Los jueces Juan Carlos Zárate, Héctor Capurro y María Fernanda García, suspendieron el juicio para el próximo jueves 23 de abril, a las 09:00.
Sin embargo, dispusieron que un médico forense examine al procesado Camilo Soares y que en un plazo de 48 horas eleve un informe al respecto.
Es la sexta vez que se suspende el juicio oral desde su inicio, dos veces por cuestiones médicas, y cuatro por recusaciones a los miembros.