Luján García de Zúñiga, abogada de la Cámara, explicó que de otorgarse el pedido posibilitará la importación de mercaderías sin registro sanitario, lo cual tendría un impacto negativo institucional muy relevante, pues debilitaría notablemente la capacidad del Estado para hacer cumplir las normas jurídicas básicas, como son las relacionadas con la salud de la población.
NUEVO DECRETO. La profesional que representa a la Caimpeco explicó que el Decreto 2881/2014 no está orientado a beneficiar a unos pocos, tal como plantean los importadores afectados, pues la Corte nunca declaró la inconstitucionalidad de los artículos 280 del Código Sanitario y 39 de la Ley de Productos de la Salud, sino que dispuso, por un recurso de aclaratoria, que no se apliquen hasta tanto se esclarezcan los mecanismos para su implementación, los cuales se contemplan en el nuevo Decreto 2881.