10 may. 2024

Arrom y Martí sufren duro revés en la Corte IDH que les negó medidas

Se desestimó la solicitud de medidas provisionales presentadas por la defensa de los refugiados. Tribunal argumentó que no se reúnen términos exigidos para alegar extrema gravedad y urgencia.

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Audiencia. El abogado Carlos Abadíe (izq.) observa la exposición de Arrom el jueves.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) rechazó el pedido planteado por la defensa de Juan Arrom y Anuncio Martí que planteó medidas cautelares por supuestos hechos que atentaban sus derechos.

El pasado 11 de enero el abogado Carlos Abadíe Pankow, defensor de Juan Arrom y Anuncio Martí, pidió a la Corte Interamericana de Derechos Humanos que tome medidas de protección de los derechos de sus defendidos ante el pedido de revocatoria del estatus de refugiados políticos en Brasil.

La solicitud de medidas provisionales fue ampliada para que incluyera también a Víctor Antonio Colmán y a la senadora Esperanza Martínez. Esto, a raíz de una supuesta “campaña de desinformación y confusión” liderada por el Estado paraguayo.

La Corte IDH, ante la falta de elementos que comprueben la existencia de una situación de “extrema gravedad y urgencia” que, a su vez, atente contra sus derechos, determinó rechazar el pedido.

La Corte nota que estos residen en Brasil, donde se encuentran bajo la protección de ese Estado por su estatus de refugiados y, en consecuencia, estima que no es posible inferir que el mero hecho de que Paraguay haya solicitado a Brasil la revocatoria de su condición de refugiados implique, en sí mismo, una amenaza a sus derechos”, cita la resolución.

Asimismo, la Corte recordó las obligaciones generales establecidas en la Convención Americana de DDHH, que lo condiciona a garantizar los derechos de ambos demandantes a través de los mecanismos internos existentes para ello.

La CIDH decidió rechazar el pedido, argumentando que no se puede deducir que la solicitud hecha por Paraguay a Brasil, de revocar la condición de refugiados a Arrom y Martí, ponga en amenaza sus derechos ya que sus estatus de refugiados siguen firmes y no hay razón para sospechar lo contrario.

Pleno derecho. La Corte Interamericana de Derechos Humanos hizo lugar al pedido de la Procuraduría, porque consideró que tanto Arrom como Martí gozan de todos los derechos procesales.

A criterio de los jueces, el Gobierno paraguayo está en pleno derecho de solicitar la revocatoria de refugio político, al igual que el Brasil, que tendrá la potestad de concederla o denegarla. La resolución recuerda al Estado Paraguayo su obligación de garantizar los derechos humanos consagrados en la Constitución de la República, cuyo fundamento es el reconocimiento de la dignidad humana.

“Después de haber examinado los hechos y circunstancias que fundamentan la solicitud, el Tribunal estima que no resulta posible apreciar que los señores Juan Arrom y Anuncio Martí se encuentren en una situación de extrema gravedad y urgencia, relacionada con la posibilidad de daños irreparables. La Corte nota que estos residen en Brasil donde se encuentran bajo la protección de ese Estado por su estatus de refugiados y no es posible interferir en el mero hecho de que Paraguay solicite la revocación del estatus de refugiados”, señala el documento.