Rubén Lisboa, abogado en Paraguay de Juan Arrom y Anuncio Martí, afirma que con sus representados no se cumple ninguna de las causas que implican la pérdida del estatus de refugiado, por lo que considera fundamental conocer los fundamentos del Comité Nacional para los Refugiados (Conare) del Brasil, que el viernes pasado revocó esta condición a sus defendidos y a Víctor Colmán. Los tres, se encuentran en el Brasil desde el 2003 cuando obtuvieron el estatus de refugiados, alegando negativa de justicia y persecución política en el Paraguay.
Lisboa dijo ayer que no le constaba que los mencionados connacionales hayan apelado ya la resolución del Conare, trámite que debe plantearse ante el Ministerio de Justicia del vecino país. Presentación para la cual disponen de 15 días a partir de la fecha de notificación que, según el embajador del Paraguay ante Brasil, Hugo Saguier Caballero, tuvo lugar el lunes último.
Lisboa dice que la Ley Nº 9.474/97 “Que define los mecanismos para la implementación del Estatuto de los Refugiados de 1951, y determina otras providencias”, del Brasil, establece que para la pérdida de la condición de refugiado deben concurrir estas causas o razones: la renuncia, la prueba de la falsedad de los motivos invocados para el reconocimiento de la condición de refugiado o la existencia de hechos que, si se conocieran en el momento del reconocimiento, habría decisión negativa. El ejercicio de actividades contrarias a la seguridad nacional o al orden público, y la salida del territorio nacional sin previa autorización del Gobierno brasileño. “Esos presupuestos no están en este caso. Pero esperemos...”, expresó Lisboa que aguarda acceder a los fundamentos de la decisión que adoptaron los miembros del Conare.
Entretanto, el martes pasado, Nimia Da Silva, ministra de la embajada paraguaya en Brasil entregó al Gobierno del vecino país el exhorto sobre la detención con fines de extradición de Juan Arrom, Anuncio Martí y Víctor Colmán, por el caso de secuestro de María Edith Bordón. Ellos son requeridos por la Justicia de Paraguay para afrontar juicio oral y público por el mencionado secuestro, ocurrido en noviembre del año 2001.
Los tres se fueron del Paraguay a pocas horas del inicio del juzgamiento y consiguieron refugio en el Brasil.
Si el Ministerio de Justicia de Brasil rechaza la apelación que presentarán Arrom, Martí y Colmán, estos deberán ser extraditados al Paraguay.
Una vez que se reciba la notificación del levantamiento del estatus, el Supremo Tribunal Federal de Brasil tendrá que emitir la orden de captura con fines de extradición.