09 feb. 2026

1.000 contribuyentes chicos pueden emitir factura electrónica

Mil pequeños contribuyentes deberán desde la fecha comenzar a emitir facturas electrónicas, de acuerdo con lo dispuesto por la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), mediante la Resolución N° 6/2024.

La DNIT había elegido a 1.000 pequeños contribuyentes de la Capital y del Departamento Central para iniciar el proceso de emisión mediante el sistema gratuito E-kuatia’i.

Más adelante se continuarán incorporando otros pequeños contribuyentes, y mientras los primeros 1.000 elaborarán comprobantes virtuales (factura y autofactura) mediante el software Tesaka o el sistema Marangatu.

El cronograma de la DNIT establece que los pequeños contribuyentes con terminación de RUC 0, 1 y 2 tendrán que gestionar el timbrado electrónico en abril; RUC con terminación en 3, 4 y 5 en mayo; 6, 7, 8 y 9 en el mes de junio.

De entre los seleccionados por la dependencia pública, son 100 contribuyentes por cada terminación de RUC, por lo que desde este mes están obligados a emitir facturas electrónicas los primeros 300 microempresarios que completaron los trámites en abril pasado.

Otra disposición de la DNIT es que los contribuyentes solo podrán acceder al sistema E-kuatia’i con la clave de acceso, no pudiendo gestionarse a través de tercero autorizado.

Al momento de que un contribuyente solicite cancelación de su RUC, el timbrado electrónico se dará de baja automáticamente.

Más contenido de esta sección
Cañicultores de Troche amenazan con nuevas movilizaciones ante la suspensión indefinida de la licitación para concluir el tren de molienda en la alcoholera de Petropar. Las obras están paralizadas.
Gremios del sector industrial, de la producción y del comercio aseguran que la reforma debe ser analizada de forma rigurosa y no mediante medidas de presión que distorsionan el debate.
Economistas consultados en el programa Políticamente Yncorrecto por Telefuturo coincidieron en que la reforma de la Caja Fiscal era imprescindiblemente necesaria, atendiendo al déficit creciente.
Aumento del aporte del afiliado entraría en vigencia de inmediato desde la promulgación, pero el aporte estatal y el resto de las disposiciones recién se aplicarán en el siguiente ejercicio fiscal.