Además, el máximo organismo electoral dispuso el cumplimiento del cronograma electoral incluso en días inhábiles.
La Resolución Nº 97/2018, firmada por los ministros Jaime Bestard, Alberto Ramírez Zambonini y María Elena Wapenka, refiere que constituye principio cardinal del Derecho Electoral la calendarización de los procesos electorales, la brevedad y preclusividad de sus plazos.
El asesor TSJE, Luis Alberto Mauro, indicó que esta resolución es emitida en base a la solicitud de los apoderados generales del PLRA y del Frente Guasu. Además, el documento ordena a todos los tribunales electorales del país cumplir con los plazos establecidos, incluso en días inhábiles.
Ardua tarea. Cómputos intermedios de las actas de resultados correspondientes a los distritos de La Catedral, Encarnación y Zeballos Cué, en el Tribunal Electoral de la Capital Primera Sala, fueron concluidos ayer. Hoy se trabajará en la conclusión de cómputos provenientes de San Roque y La Recoleta.