Una guía de contratos médicos, que permita regular la cobertura médica, proponen desde Supsalud como una manera de garantizar el acceso a la salud de los usuarios. El costo de los servicios se regula por la oferta y la demanda, la libre competencia, señaló el Superintendente de Salud. En el país hay un total de 88 hospitales privados registrados.
La Superintendencia de Salud, dependiente del Ministerio de Salud Pública (MSP), se encarga de verificar las instalaciones, equipos e intervienen en casos de denuncias como incumplimientos de contratos o sobrefacturaciones del seguro privado.
CASOS. “Se encuentran con la sorpresa de que había sido esta enfermedad no se encuentra cubierta. Si le cubre, le cubre por unos días. Uno sabe cuándo empieza a enfermarse, pero no cuándo se va a curar”, es lo que sucede con frecuencia con las prepagas, indicó Mendoza.
La institución interviene cuando un usuario denuncia el incumplimiento de una cláusula. “Pero ¿le puedo obligar a que cumpla o no? Ahí ya escapa mi poder de imposición. No tengo ese poder”, admitió. Entonces, el caso queda a criterio de la persona denunciar en la justicia.
Sin embargo, es causa de infracción la “facturación no relacionada con el costo real de los medicamentos e insumos fijados por el Ministerio de Salud Pública, o procedimientos médicos innecesarios”, según la Ley Nº 2319. Esta infracción es considerada de tercer grado y pasible de cancelación del servicio.
“Nosotros hacemos el control de los precios, si hay sobrefacturaciones. La ley nos habilita a sancionar y hacer un sumario”, explicó Gustavo Cristaldo, director de Control de Instituciones. Además, se puede denunciar cuando no se accede a la información completa y detallada de los insumos que se usaron durante la internación o cirugía.