El proyecto con una seudo media sanción fue presentado ese mismo día por los 25 senadores en la Cámara de Diputados, sin la firma del titular del Senado, Roberto Acevedo, quien presentó también una nota indicando que el documento quedaba retenido por no poder tratarse, considerando que ya fue tratado y rechazado el 25 de agosto del año pasado, y la Constitución prohíbe su tratamiento hasta que transcurra un año.
El Senado presentó un amparo constitucional para que los diputados no puedan tratar el proyecto, pero la jueza González rechazó dicha medida el pasado martes 11, señalando que no puede resolver el amparo por la acción de inconstitucionalidad presentada ante la Corte Suprema.
Este hecho fue tildado de un grave error por Casañas Levi, quien indicó que el amparo es contra el proyecto de enmienda aprobado, y la acción de inconstitucionalidad fue presentado por el cambio de Reglamento realizado por los 25 senadores, y no tienen que ver una cosa con la otra, por lo que la jueza no podría emitir un fallo contradictorio a lo que pueda resolver la Corte, como la misma dice.
texto. La apelación presentada por Casañas Levi y Francisco Viveros Machuca, en representación del titular del Congreso, tilda en su texto de agravio a la sentencia de la jueza González, señalando que la misma no resuelve el fondo de la cuestión pero reconoce que existe inminencia de lesión de los derechos en cuestión.
“Dados los antecedentes recolectados por la jueza, están presentes todos los elementos requeridos por la ley para la viabilidad del amparo constitucional, pero de manera incomprensible para la lógica más elemental, en el párrafo 5 (fojas 54 vlto), se ‘incorpora’ al fallo un elemento extraño al objeto del juicio, a saber, la existencia de una acción de inconstitucionalidad presentada ante la Corte Suprema de Justicia contra una resolución que pretende modificar artículos del reglamento interno de la Cámara de Senadores”, señalan.
El texto agrega varias violaciones procesales en las que cayó la jueza al rechazar el amparo, por lo que solicita al Tribunal de Primera Instancia se dé por notificado y corra traslado de la acción a la Cámara Baja, y así mismo solicita a la Cámara de Apelación revoque la sentencia apelada y haga lugar al amparo constitucional, ordenando a los diputados que se abstenga de convocar a sesión para tratar el proyecto de enmienda.