24 abr. 2024

Seis intendentes aspiran a otros cargos y generarán gastos extras

Los jefes comunales de Horqueta, Choré, Isla Pucú, Itacurubí de la Cordillera, Caaguazú y Caazapá, todos electos en el 2015, renunciaron para postularse en el 2018. El TSJE llamará a nuevas elecciones.

Elecciones.  Los intendentes renunciantes fueron electos en noviembre del año 2015.

Elecciones. Los intendentes renunciantes fueron electos en noviembre del año 2015.

Los intendentes municipales de los distritos de Horqueta, en el Departamento de Concepción; Choré, en San Pedro; Isla Pucú e Itacurubí de la Cordillera, en Cordillera; Caaguazú, en Caaguazú, y Caazapá, en Caazapá, se encuentran renunciantes a sus respectivos cargos por sus aspiraciones de presentar candidaturas en las elecciones generales del año próximo.

Estos titulares de sus respectivas comunas fueron electos apenas en noviembre del año 2015, no llevan ni dos años en el puesto, y ahora buscarán pelear por otro cargo electivo, generando un nuevo gasto al Estado por los comicios que deben realizarse para elegir a sus respectivos reemplazantes.

Arturo Urbieta (ANR), de Horqueta; Carlos Alcibiades Giménez (ANR), de Choré; Hugo Alberto Fleitas (PLRA), de Isla Pucú; Hugo Joel Meza (ANR), de Itacurubí; Alejo Ríos Medina (PLRA), de Caaguazú, y Alejandro Díaz Verón (ANR), de Caazapá, son los que conforman la lista actual de los renunciantes.

En total son cuatro intendentes colorados y dos liberales los que se jugarán por volver a ser electos, pero ya en el cargo de gobernadores departamentales.

plazo. Los demás jefes comunales que deseen tomar el mismo camino tienen tiempo hasta el 22 de octubre para presentar sus respectivas renuncias y dar paso a lo establecido en la Carta Orgánica Municipal, para que el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) convoque a nuevas elecciones municipales.

“Este 22 de octubre se cumple el plazo conforme a los 90 días establecidos para llamar a elecciones. La Junta Municipal debe aceptar la renuncia de los intendentes municipales y luego informar al Tribunal Superior de Justicia Electoral, para que el organismo electoral tome los recaudos correspondientes y convoque a nuevas elecciones”, explicó el director de Recursos Electorales del TSJE, Luis Salas.

La Ley 3966/10 señala en su artículo 53, inciso c, que en caso de ausencia no justificada por más de 30 (treinta) días, renuncia, inhabilitación, muerte o impedimento definitivo de un intendente municipal, ocurrido durante los tres primeros años del periodo, el Tribunal Superior de Justicia Electoral convocará a nuevas elecciones, dentro de los noventa días siguientes al hecho que motivare la vacancia.

Señala además que la renuncia debe ser presentada ante la Junta Municipal correspondiente para su aceptación o rechazo, y de ser aceptada, hasta tanto se elija uno nuevo, el presidente de la Junta Municipal asumirá interinamente las funciones del intendente.

A partir de estos casos, y otros que se vayan presentando, el TSJE irá estableciendo el cronograma de elecciones en cada una de las localidades con esta situación de acefalía.

CASO EMBOSCADA. Otro caso que no tiene que ver con motivos electorales es el de Emboscada, donde también se realizarán comicios a causa del fallecimiento por accidente de tránsito del jefe comunal de dicha localidad, Jacinto Peña.