19 mar. 2024

La Caminera ya no controla si el registro está perforado

Hasta hoy, en la Municipalidad de Villa Elisa perciben sin multa por la revalidación de los registros de conducir, basándose en una ordenanza vigente en esa ciudad. En la mayoría de los distritos, ese procedimiento venció el 31 de marzo. En cambio, en la Patrulla Caminera ya no tienen en cuenta en los controles en rutas si un registro está revalidado para aplicar sanciones porque la ley de tránsito solo habla de la expedición de registros con una validez de 5 años.

Verificación.  Los agentes ruteros solo constatan en controles  si aún no vencieron los 5 años de la licencia.

Verificación. Los agentes ruteros solo constatan en controles si aún no vencieron los 5 años de la licencia.

Este requerimiento municipal de pagar cada año por una revalidación de las licencias de conducir es cuestionado desde hace tiempo por conductores, por considerar que está fuera de la ley de tránsito. El argumento que esgrimen en las comunas es que las municipalidades tienen autonomía, que no reivindican cuando piden al Gobierno Central que repare rutas y caminos rurales.

El inspector Reinaldo Giménez, subjefe de la Regional Central de la Patrulla Caminera, indicó a ÚH que desde que rige la Ley de tránsito y seguridad vial, en el 2015, en los procedimientos de control de los agentes de la Caminera ya no se incluye verificar si un registro de conducir tiene la perforación de la revalidación.

“La ley de tránsito habla de una validez de 5 años de un registro de conducir, sea de la categoría que sea, ya no menciona de revalidaciones anuales de registros, por lo tanto, cuando un agente de la Caminera realiza el control de documentos, verifica si el registro de conducir entregado está vigente dentro del quinquenio que dice la ley vigente”, indicó el funcionario de la Caminera en Central.

DEMORAN EL RODADO. El subjefe regional de la Caminera explicó que en caso de que un conductor tenga su licencia de conducir vencida, es decir, no la renovó luego de cumplidos los 5 años de validez, la Caminera emite la multa correspondiente, y se procede a la demora del vehículo.

Que un conductor porte una licencia de conducir vencida es considerada falta grave, y la multa es de 10 jornales.

“Al no contar con el registro de conducir vigente se considera que el conductor carece del documento habilitante, y en ese caso la ley también autoriza la demora del rodado hasta que el infractor se adecue a la normativa vigente”, precisó el inspector Giménez.

El funcionario sostuvo que se sabe que las municipalidades siguen sancionando en sus jurisdicciones a los conductores que están con registros sin las perforaciones realizadas en el año. Giménez explicó que no le corresponde juzgar el procedimiento de las municipalidades que siguen cobrando cada año por la revalidación del registro, y los argumentos que señalen para seguir exigiendo a los conductores esa gestión no incluida en la ley de tránsito.

LA CIFRA

755.580 guaraníes (10 jornales) es la multa que fija la ley de tránsito para quien circule con registro de 5 años vencido.

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