21 jun. 2025

Justicia ratifica que Dinapi puede fiscalizar a APA

La Justicia ratificó a la Dirección Nacional de Propiedad Intelectual (Dinapi) en su competencia de inspeccionar a Autores Paraguayos Asociados (APA), la cual –afirmó ayer– no se opondrá. Así lo expresa la aclaratoria a la sentencia 225 del Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Tercera Sala, que revela que Dinapi puede inspeccionar y acceder a los documentos en la sede de APA.

En la mira.  Dinapi proseguirá con su proceso de fiscalización pese a la renuencia de la directiva de  APA.

En la mira. Dinapi proseguirá con su proceso de fiscalización pese a la renuencia de la directiva de APA.

“Si la inspección no puede efectuarse dentro de las instalaciones (de APA), la Dinapi podrá acceder a extraer la documentación”, revela la parte resolutiva de la aclaratoria del Tribunal.

Asimismo, ratifica la sentencia 225 de la misma instancia, que concede a la citada Dirección acceder a los papeles empleando incluso la “fuerza pública”, y “allanar domicilios” para obtener “toda la documentación” de la entidad de gestión colectiva.

CONTINUIDAD. Tras esta medida, Dinapi confirmó la continuidad de la fiscalización a la asociación de creadores.

“Seguiremos con la fiscalización, porque hay varias cuestiones que quedaron pendientes por la falta de acceso a los documentos (de APA)”, explicó Ángel Peralta Heisecke, asesor legal de Dinapi.

Aclaró que la fiscalización tiene un plazo de 180 días, corridos desde diciembre pasado, y por ello funcionarios de Dinapi se constituirán en APA para continuar el procedimiento administrativo.

“En caso que ellos (APA) no nos permitan el ingreso o no nos muestren los documentos, allí solicitaremos el auxilio de la fuerza pública. Si no hay el ambiente adecuado o los medios para analizar los documentos, extraeremos para analizarlos”, afirmó.

De persistir los obstáculos para la fiscalización, se pedirá una orden de allanamiento con auxilio policial al juez competente.

“El pedido se hará solo en caso de que APA se niegue (a la fiscalización). Ahora están dadas las condiciones para que se cumpla la orden”, indicó el funcionario estatal, adelantando que en breve irá un fiscalizador hasta APA.

La medida confirma la potestad de Dinapi de fiscalizar a las entidades de gestión colectiva, pese a la renuencia al control de APA.

ADMINISTACIÓN. Por otro lado, la aclaratoria de la resolución señala que no se concede la “administración judicial” de APA a Dinapi.

“La medida no incluye la facultad de administrar el ente, solo de fiscalizarlo. La administración solo puede ser solicitada por los socios de APA”, explicó el abogado de la institución gubernamental.

siempre abierta. Rubén Ayala, abogado de APA, expresó que la sociedad “siempre estuvo abierta para la fiscalización” y aseguró que “se les brindará una oficina a los fiscalizadores”. No obstante, aclaró que los funcionarios de Dinapi, Ricardo Gavilán, Leopoldo López y Patricia Stanley, cuestionados en su honorabilidad, están recusados para fiscalizar, y recordó que la resolución de suspensión de APA está recurrida ante el Tribunal de Apelación. Considera, además, que la fiscalización al ente ya culminó.