Los funcionarios habían presentado la acción contra cuatro artículos de la Ley de la Función Pública y contra la resolución 2345 de 2014. La intención con dicha acción era, entre otras cosas, el de seguir trabajando solamente seis horas y no ocho horas como lo establece la normativa.
Para la Fiscalía, de acuerdo al dictamen emitido, en el caso sometido a estudio puede apreciarse que si bien los accionantes afirman ser funcionarios de la Cámara Baja y adjuntan certificados de sueldo y empleo firmados por el director de Tesorería de Diputados, pero que no arrimaron documentación que respalde suficientemente la calidad de funcionarios de dicho organismo, “lo cual debe ser acreditado, de manera válida y fehaciente, con las resoluciones de nombramiento de los accionantes”.
Al respecto, el Ministerio Público citó otros casos similares, donde los funcionarios no pudieron demostrar su calidad de empleado permanente y la Sala Constitucional de la Corte Suprema finalmente rechazó las respectivas acciones.
“Atendiendo a los argumentos esgrimidos por esta representación fiscal, la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Gladys Balbuena, Isidro Bareiro, Óscar Croce, Víctor Garcete, Víctor Vera, María Santacruz, Vicente Fernández, Ángel Hidalgo, Rodrigo Segovia, Hilda Rojas y otros debe ser rechazada y así se recomienda a la Corte Suprema de Justicia”, expresa parte del dictamen.
La Sala Constitucional de la Corte deberá expedirse tras el dictamen de la Fiscalía.
Funcionarios de otras instituciones también presentaron la misma acción.
OCHO HORAS. En octubre de 2014, luego que el titular de la Cámara de Senadores, en ese entonces el liberal Blas Llano, decidiera que los funcionarios de la institución a su cargo debían pasar a trabajar ocho horas, la misma decisión fue asumida por el titular de Diputados, el colorado Hugo Velázquez.
Esta decisión molestó a los funcionarios de la institución, que aunque aceptaron la disposición, igualmente presentaron la acción de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia.