21 jun. 2025

Fiscalía controla propaganda electoral en entes públicos

La fiscala electoral Myriam González de Schauman inició ayer una serie de recorridos por varios entes del Estado para verificar el cumplimiento de la ley en cuanto a la prohibición de la difusión de propaganda electoral o actividades político-partidarias en las dependencias estatales.

Recorrido.  La fiscala electoral Myriam González de Schauman  recorrerá las instituciones hasta el viernes 20 de abril.

Recorrido. La fiscala electoral Myriam González de Schauman recorrerá las instituciones hasta el viernes 20 de abril.

Ayer visitó el Ministerio de Salud Pública (MSP), el Ministerio de la Mujer, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) y la Secretaría Nacional de Turismo (Senatur). Tanto el Código Electoral como la Ley de la Función Pública prohíben el proselitismo en los entes públicos.

“Los recorridos que hace la Fiscalía Electoral son de rutina para el control y la prevención conforme con lo que establece el artículo 296 del Código Electoral, que prohíbe la colocación de carteles o proselitismo en los edificios públicos... Son procedimientos que vamos a ir haciendo hasta la última semana antes de las elecciones generales, controles aleatorios en cualquier institución pública”, señaló.

Indicó que intentarán realizar un recorrido por todas las dependencias del Estado de manera sorpresiva para verificar el cumplimiento de la legislación y que lo harán hasta el viernes 20 de abril.

El recorrido de ayer no arrojó ninguna situación irregular que haya sido observada, pero señaló que se encuentran abiertos a recibir denuncias y seguir el trabajo de chequeo.

“En el Ministerio de Salud nos mostraron una circular que publicaron ya en febrero de este año donde recuerdan que está prohibido publicar cualquier tipo de propaganda electoral”, señaló, indicando que dicha institución simplemente salió sorteada para ser la primera en ser verificada y que no existió ninguna denuncia al respecto.

SIN SANCIÓN. La fiscala explicó que la ley establece la prohibición de dichas actividades proselitistas en los entes públicos, pero que no se especifican sanciones para los infractores que puedan ser identificados, pero sí podrían ser sumariados por la Secretaría de la Función Pública.


Lo que dice la legislación
El artículo 296 del Código Electoral y el artículo 60 de la Ley de la Función Pública prohíben la propaganda política en instituciones del Estado. El primer artículo dice que queda prohibida la fijación de letreros o colocación de carteles en puentes, edificios públicos nacionales, departamentales y municipales; y el otro artículo citado prohíbe al funcionario realizar actividades políticas en las dependencias del Estado.