03 may. 2024

El TSJE se ratificará en que Lugo no puede ser candidato

Entre hoy y mañana, el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) responderá al pedido de aclaratoria realizada por los abogados del senador del Frente Guasu, Fernando Lugo. En la resolución, la institución electoral se volverá a ratificar en que el ex obispo no puede hacer campaña como candidato presidencial porque la Constitución Nacional no se lo permite.

En la mira.  Los luguistas, una vez que tengan la aclaratoria, intentarán ir a la Corte.

En la mira. Los luguistas, una vez que tengan la aclaratoria, intentarán ir a la Corte.

El recurso de aclaratoria es sobre la resolución promovida por el oficialismo de la ANR por una supuesta campaña engañosa con miras al 2018.

Según los abogados del senador Lugo, en el considerando del documento, los ministros dicen que el ex mandatario se encuentra inhabilitado a presentarse como candidato por otro periodo presidencial. Sin embargo, “en la parte resolutiva no se menciona nada con respecto a su candidatura”.

“Lo que importa es la parte resolutiva, y el resto es historia, al menos en un estado de derecho. Nosotros dudamos de la imparcialidad del tribunal porque los tres ministros hacen alusión a que Lugo está inhabilitado, pero después quitan olímpicamente la cola de la jeringa”, indicó el abogado Marcos Fariña.

Puso como ejemplo lo escrito por el ministro Alberto Ramírez Zambonini, quien dice que si bien es cierto que el TSJE no debe interpretar la Constitución Nacional, sin embargo, también dicen que Lugo está inhabilitado.

La defensa señala que el TSJE no debería expedirse sobre la candidatura de Lugo ya que la Corte Suprema de Justicia es la que puede interpretar un artículo de la Constitución Nacional.

REACCIÓN. Sin embargo, desde la Justicia Electoral sostienen que todo lo que tiene que ver con campañas electorales en tiempos de prohibición debe frenarse. Justamente el ministro del TSJE, Jaime Bestard, señaló a ÚH el martes pasado que en caso de que Lugo acuda hasta la Corte para presentar una acción de inconstitucionalidad, porque las resoluciones de la institución electoral son inapelables, deberá hacerlo ante el pleno de la máxima instancia judicial. Es decir, ante los 9 ministros.

Aseguró que, en este caso, el sector del ex obispo no puede presentar ningún recurso a la Corte más que la acción de inconstitucionalidad.

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