El Tribunal de Justicia Electoral confirmó el sábado el rechazo de la impugnación de las postulaciones al cargo de senador activo tanto del presidente Horacio Cartes, de Nicanor Duarte Frutos, de Juan Afara y de Fernando Lugo.
Como uno de los principales argumentos utilizados por el único opinante a favor de las candidaturas, ministro Jaime Bestard, y apoyado por su par Alberto Ramírez, es que los presiden tes pueden renunciar a la senaduría vitalicia.
Alega que si el artículo 189 de la Constitución Nacional hubiera querido inhabilitar a los ex presidentes para toda o determinada función pública, debió indicar expresamente en el mismo artículo o algún otro de la Carta Magna tal inhabilidad o, en todo caso, indicar en qué condiciones podrían participar o no.
“Pero al no hacerse así, la disposición de referencia (artículo 189) no tiene capacidad por sí misma de inhabilitar a los ex presidentes de la República a candidatarse y ejercer efectivamente el cargo”, señaló Bestard.
El acuerdo y sentencia emitido por el máximo organismo electoral determinó una votación dividida entre los tres integrantes del organismo.
Tanto Bestard como Ramírez Zambonini votaron a favor del rechazo a la impugnación presentada días atrás por movimientos y partidos de la oposición, mientras que María Elena Wapenka se mostró en disidencia.
Esta última sostiene que es inadmisible que los ex presidentes sean candidatos a senador porque la Constitución no se los permite.
Reconocimiento. El ministro Jaime Bestard agrega que la senaduría vitalicia es un derecho concedido a quienes ocuparon la primera magistratura del país, fueron electos democráticamente y culminaron su mandato constitucional.
Participación. Bestard alegó que las agrupaciones políticas impugnantes no lograron rebatir algunos fundamentos de la Constitución, como por ejemplo el derecho a la participación de cualquier ciudadano.
El argumento de la resolución se basa en que los impugnados “reúnen todos los requisitos legales para ser candidatos a senadores nacionales”.
En el caso del ex presidente Nicanor Duarte Frutos, el alto magistrado electoral asegura que si bien cuenta con el título de senador vitalicio, es “más bien un honor por haber sido presidente”.
Wapenka. La ministra del TSJE dice que es inadmisible la postulación.
Bestard. El ministro del TSJE dice que se puede renunciar al vitaliciado
Si se hubiera querido inhabilitar a los ex presidentes, la CN debió indicar expresamente.
Jaime Bestard TSJE
Si no fueron enjuiciados políticamente resulta inadmisible su postulación. María Elena Wapenka
TSJE
Opositores recurren a la Corte
Sectores de la oposición recurrirán hoy ante la Corte Suprema de Justicia tras la decisión del Tribunal Superior de Justicia Electoral, que emitió un resultado favorable a las candidaturas a senador de Horacio Cartes, Nicanor Duarte y Juan Afara. Los que deberán resolver la acción de inconstitucional son los miembros de la Sala Constitucional conformada por los ministros Antonio Fretes, Gladys Bareiro de Módica y Miryam Peña, casi todos afines al presidente Cartes. La máxima instancia ya se había pronunciado en el 2008 cuando Nicanor Duarte Frutos se postuló para senador.Sin embargo, los opositores señalaron que la Corte Suprema de Justicia no resolvió ni se pronunció esa vez sobre el fondo de la cuestión.