“Se suspenden los efectos de las sesiones celebradas los días 26 y 28 de abril, y 3, 5, 10, 12 y 17 de mayo de 2016, junto a los actos producidos en ellas”, dice el fallo de la Sala Constitucional del TSJ.
Los días 26 y 28 de abril la junta directiva de la Asamblea Nacional (AN, Parlamento) y su mayoría opositora aprobó inconstitucionalmente” un voto de censura contra el ministro de Alimentación.
Esos días, además se dio la primera discusión del proyecto de Ley de Protección e Indemnización a Usuarios frente a fallas del Servicio Eléctrico, el proyecto de Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones y el Acuerdo para dignificar el salario mínimo de los trabajadores en Venezuela.
Los demandantes, un grupo de diputados chavistas, solicitaron al TSJ que se declare la nulidad de esas jornadas legislativas “por razones de inconstitucionalidad e ilegalidad de los actos de fijación de las sesiones y cambio de agenda de la Asamblea Nacional”.
Con respecto a las sesiones realizadas en el mes de mayo, los diputados chavistas también pidieron su nulidad porque “persistía la conducta irregular por parte de la Junta Directiva de la Asamblea Nacional y su mayoría relativa”.
Entre esas supuestas irregularidades se señala que las sesiones se convocaron con menos de 48 horas de anticipación y que se cambió el contenido del orden del día sin advertencia previa. efe