26 abr. 2024

Disidencia colorada acciona ante la Corte contra el mandato imperativo

Ocho senadores, ocho diputados y tres del Parlasur, todos de la disidencia del Partido Colorado, accionaron ayer ante la Corte en contra del mandato imperativo de la Convención partidaria que les impuso a sus congresistas.

Acción.  El abogado Juan Ernesto Villamayor encabeza la comitiva que ayer presentó la inconstitucionalidad de los disidentes.

Acción. El abogado Juan Ernesto Villamayor encabeza la comitiva que ayer presentó la inconstitucionalidad de los disidentes.

Se ataca de inconstitucional cuatro resoluciones del 29 de octubre pasado dictadas por la convención ordinaria de la ANR. La primera donde le dan voto de confianza al presidente Horacio Cartes, impulsar medidas para incorporar la reelección a la Carta Magna, a más de establecer como mandato a sus legisladores el tratamiento y apoyo a los proyectos del Poder Ejecutivo. Incluso, habla de sanciones.

La segunda, el mandato para elegir contralor, subcontralor, defensor del Pueblo y defensor del Pueblo Adjunto. La tercera para aprobar la intervención de la Comuna de Lambaré, y la última donde otorgan la orden a los diputados para la designación de las citadas autoridades.

ARGUMENTOS. La acción, presentada por el equipo jurídico encabezado por Juan Ernesto Villamayor, refiere que las resoluciones violan los artículos 3, 117, 118, 119, 132, 137, 247, 259 numeral 5 y 260 numeral 1 de la Ley Suprema.

En la acción, se señala que el poder reside en la elección de sus representantes y que los partidos políticos no pueden designarlos sino a través del voto. Entonces, alega que constituyen distintas visiones de la realidad, por lo que no se puede imponer un pensamiento único e imperativo.

En el análisis señalan que el otorgamiento de mandatos imperativos está prohibido por la Constitución. Además, el Estatuto Partidario de la ANR no faculta a ninguna de las convenciones –ordinaria y extraordinaria– otorgar ningún tipo de mandatos.

Finalmente, dicen que conteste al principio de legalidad, no existe cláusula legal escrita en el Estatuto partidario que establezca la figura del mandado imperativo y menos aún, la posibilidad de que se pueda otorgar por acto de delegación, mandatos imperativo o “políticos”.

Los disidentes también llaman la atención de que Pedro Díaz Verón, hermano del fiscal General del Estado Javier Díaz Verón, haya hecho la moción para las resoluciones. El fiscal debe dictaminar en esta acción.

MEDIDA DE URGENCIA. Como medida cautelar piden la suspensión de los efectos de las citadas resoluciones mientras se sustancie la acción de inconstitucionalidad.

Finalmente, solicitan que la Corte declara inconstitucionales e inaplicables las resoluciones atacadas por ser violatorias de la Carta Magna.

Los senadores firmantes son: Silvio Ovelar, Arnoldo Wiens, Mario Abdo Benítez, Enrique Bacchetta, Juan Carlos Galaverna, Blanca Ovelar, Óscar Salomón y Eduardo Petta.

Los diputados son: Dany Durand, Éber Ovelar, José Maria Ibáñez, Ariel Oviedo, Carlos Maggi, Freddy D’Ecclesiis, Andrés Ortiz y Víctor González, mientras que los parlamentarios del Parlasur son Herminio Cáceres, Miguel Sosa y Calixto Bernal.

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