14 may. 2024

Decreto modifica los valores para impuesto

La Asesoría Jurídica de la Presidencia dio a conocer ayer del Decreto 5775 del Poder Ejecutivo, que modifica los valores fiscales y se rectifica la base imponible del impuesto inmobiliario, tal como fueron aprobados por el decreto 4646/2015.

Según el decreto, se fijan los valores fiscales diferenciados para los inmuebles con superficies mayores a 2 hectáreas, ubicados en la zona urbana del Municipio de Ciudad del Este, así como en las zonas urbanas de los otros municipios del interior del país, con superficies mayores a 1 hectárea.

Los valores diferenciados dependerán de la explotación o destino económico de inmuebles destinados a pequeñas explotaciones agropecuarias o forestales, actividades de servicios básicos (energía eléctrica, agua), actividades de servicios públicos esenciales (aeropuertos estatales) y áreas protegidas por leyes y ordenanzas.

Se considera, además, que un inmueble se encuentra eficiente y racionalmente utilizado cuando se observa aprovechamiento productivo sostenible económica y ambiental de por lo menos 30% de su superficie agrológicamente útil.

Según el decreto, aprovechamiento productivo se refiere la utilización del inmueble en actividades agrícolas, granjeras, pecuarias, de manejo y aprovechamiento de bosques de reforestación o forestación, o utilizaciones mixtas. El decreto todavía no se publicó en el portal de la Presidencia.

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