Édgar Medina
CIUDAD DEL ESTE
La Cámara de Apelaciones confirmó una condena de 15 años de prisión dictada por un Tribunal de Sentencia contra un hombre que abusó sexualmente de sus dos hijos menores, un varón y una niña, y también había intentado someter a otra mayor de edad.
La denuncia es del año 2014 y la condena fue dictada en el año 2017 por los magistrados Milciades Ovelar, Efrén Giménez y Herminio Montiel.
El hombre fue encontrado culpable de los hechos de coacción sexual y violación, abuso sexual en personas bajo tutela y actos homosexuales con personas menores de edad, tras el juicio oral y público.
La defensa, ejercida por la defensora pública Emilia Santos, apeló la medida por considerar excesivamente elevada la pena, además de cuestionar al tribunal por aplicar erróneamente la ley de fondo y de forma.
mayor condena. En ese sentido, el fiscal que investigó la causa, Alfredo Acosta Heyn, pidió la confirmación de la condena, señalando los hechos punibles cometidos por el ahora preso.
Los camaristas Raúl Insaurralde, Aniceto Amarilla y Marta Acosta confirmaron la condena de 15 años de prisión, rechazando las pretensiones de la defensa.
En consecuencia, no varió la situación del hombre que se encuentra purgando la condena en la Penitenciaría Regional de Ciudad del Este.
LOS ANTECEDENTES. Las víctimas, un varón de 15 años y una niña de 13 años, fueron sometidas sexualmente en forma sistemática por el progenitor, en una vivienda del centro urbano de Hernandarias, donde el mayor vivía incluso en régimen de esclavitud, ya que el abusador no le permitía ni siquiera estudiar, según los antecedentes mencionados por el Ministerio Público.
El menor incluso llegó a ser contagiado de una enfermedad venérea y no recibió en el momento atención médica. El caso llegó a conocimiento de la Fiscalía, luego de que el varón y una hermana mayor, quien también sufrió un intento de violación, denunciaran el hecho ante la Subcomisaría Nº 5 de Hernandarias.
Lo que dice la ley
Desde el 2017 está vigente la modificación del artículo 135 de la Ley N° 1160/97 Código Penal, modificado por el artículo 1° de la Ley N° 3440/08, que habla del abuso sexual en niños, en donde refiere que las personas que realicen actos sexuales con un niño, o lo indujera a realizarlos en sí mismo o a terceros, serán castigadas de cuatro a quince años de pena carcelaria.