25 abr. 2024

Buscan postergar IVA a transportistas ante nuevo pedido de suba del pasaje

El Gobierno planea posponer vigencia del IVA a colectiveros hasta el 2019, luego de que el sector haya solicitado un reajuste del 10% tras entrar al régimen general. El tributo debía implementarse ya en 2017.

Cierre de calles.  Días atrás, usuarios de colectivos protestaron por la última suba del pasaje.

Cierre de calles. Días atrás, usuarios de colectivos protestaron por la última suba del pasaje.

La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) informó que desde el 1 de enero de este año entró en vigencia el Decreto 4292/15, el cual establece que las empresas de transporte público deben tributar en concepto del impuesto al valor agregado (IVA) el 10% de sus ingresos por la prestación del servicio.

Esto motivó a los colectiveros a solicitar al Gobierno un nuevo incremento en el precio del pasaje en el mismo porcentaje de la tasa que deben abonar por el IVA; es decir, 10%.

Los transportistas entienden que como el IVA es un impuesto indirecto, el pago del mismo recae sobre el consumidor final, que en el caso del servicio de ómnibus es el pasajero, de acuerdo con lo manifestado por César Ruiz Díaz e Ignacio Cárdenas, titulares de los gremios Cetrapam y Ucetrama, respectivamente.

Con ese criterio, solicitaron que el boleto convencional sea reajustado a G. 2.430 (con G. 100 de subsidio) y el diferencial a G. 3.960.

Esta solicitud se realiza a apenas una semana del último incremento del pasaje fijado por el Gobierno, que tras la suba del precio de gasoil decidió que la tarifa del servicio convencional aumente en G. 200, quedando en G. 2.200; y del diferenciado en G. 300, quedando en G. 3.600.

Postergación. Apretado por este nuevo pedido, el Gobierno busca postergar la entrada en vigencia de este impuesto hasta enero del 2019, con lo que evitaría un nuevo reajuste del boleto, según informaron desde el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC).

De acuerdo con el viceministro de Transporte, Agustín Encina, es potestad del presidente Horacio Cartes mantener la suspensión del gravamen, pero afirmó que el Gobierno no subirá nuevamente el costo del pasaje.

Es así que este sería el segundo aplazamiento que se concede al sector del transporte público. Según el Decreto 4292/15, el IVA a los colectiveros ya debía regir desde enero del 2017; sin embargo, mediante el Decreto 6733/17 se aplazó su vigencia hasta enero de este año, tras pedidos de Cetrapam y Ucetrama.

Consultados al respecto, los transportistas dijeron estar de acuerdo con esta postergación, ya que para enero del 2019 estaría en plena vigencia el billetaje electrónico, lo que permitiría tributar en base a los ingresos reales de cada compañía por la venta de boletos.

“Hay dos salidas: se aumenta el precio del pasaje en un 10% o se posterga la vigencia del IVA. Porque el IVA es un impuesto indirecto y lo paga el consumidor final. El consumidor final del transporte público es el pasajero. Entonces, el pago del IVA encarece el pasaje a razón de lo que represente el impuesto (10%)”, expresó César Ruiz Díaz.

Poco aporte. Desde mediados de los 90, el sector transporte tributa sobre el régimen de la renta presunta.

Mediante este mecanismo, las empresas de transporte público abonan solamente el 10% sobre el 7,5% de los ingresos brutos generados por cada vehículo. Esto quiere decir que por cada boleto convencional vendido pagan impuestos por G. 16,5; mientras que por cada pasaje diferencial abonan G. 27.

Atendiendo la irrisoria contribución de este sector en comparación con otros que pagan el IVA del 10%, el Gobierno había decidido incluirlo dentro del régimen general.

Vence el plazo para presentar declaraciones
La SET recordó a los contribuyentes con terminación del RUC 9 que tienen tiempo solamente hasta mañana para presentar sus declaraciones juradas, de acuerdo con el calendario perpetuo.
En el mismo sentido, la Administración Tributaria resaltó que ayer tuvo vencimiento la presentación de documentos para aquellos con terminación 8 del RUC.
La institución indicó que aquellos que no realizan la presentación en fecha se exponen al pago de multas y otros accesorios por retrasos.
De acuerdo con el calendario perpetuo, mañana también fenece el plazo para la declaración del impuesto selectivo al consumo (ISC Gasoil) con cierre a diciembre del 2017. Esto debe hacerse mediante el formulario 132.