Explica que la finalidad de la disposición es unificar el lenguaje y las bases técnicas de los extractos generados por todos los emisores de las tarjetas de crédito.
“Es imperioso brindar mayor transparencia informativa a los usuarios de tarjetas de crédito, facilitando la comprensión de los extractos emitidos por la utilización de dicho producto, evitando asimetrías y distorsiones en las prácticas de mercado”, dice el considerando de la resolución de la Superintendencia.
En el resumen de estado financiero las entidades deberán indicar claramente al cliente: su deuda anterior menos los pagos; el saldo financiado; las compras y cargos del mes, la deuda total del mes, la deuda en cuotas a facturar, los intereses devengados en suspenso y la deuda total (ver facsímil).
El mismo modelo del extracto físico deberá tener el extracto electrónico que reciba el tarjetahabiente, considerando todos los aspectos relacionados al contenido mínimo de información y legibilidad de los caracteres utilizados.
“Disponer la vigencia e implementación plena de la presente disposición, dentro de los ciento veinte (120) días siguientes a la fecha de emisión de esta resolución”, señala el escrito de la resolución, publicada el pasado 9 de enero.
De igual manera, la Superintendencia de Bancos estableció que por el plazo de tres meses, a partir de la vigencia de esta resolución, las entidades emisoras publicarán en sus páginas en internet y otros canales de comunicación utilizados con sus clien-tes un explicativo detallado de los componentes del extracto.
En el extracto también aparecerán las compras normales que hace el cliente y las que paga a fin de mes, como aquellas que financia en cuotas según su línea de crédito.
En el mismo documento se detallarán la tasa anual nominal y la tasa anual efectiva, que el banco o financiera impone al cliente.
Estos cambios responden a la necesidad de reglamentar la Resolución Nº43, del 30 de diciembre de 2015, que dispuso el “Reglamento para la Emisión, Operación y Administración de las Tarjetas de Crédito y Débito”, para definir las especificaciones referidas a los extractos de las tarjetas generadas por los emisores.
tasas. Cabe recordar que la tasa máxima de interés que las entidades financieras podrán cobrar en el mes de febrero será de 16,52%, según dispuso la Superintendencia de Bancos, conforme a la Ley Nº 5476 que entró a regir desde octubre del 2015.
La polémica normativa surgió por iniciativa del Congreso Nacional, atendiendo a que la tasa promedio que cobraban las entidades financieras antes de esta ley era de 48%; no obstante, había entidades que superaban el 51%.