Luego de 16 años, la Sala Constitucional de la Corte evacuó una consulta constitucional en un juicio de amparo que se remitió en el año 2005, por el Tribunal de Apelación Civil y Comercial, Primera Sala.
Con voto dividido, los ministros Gladys Bareiro, César Diesel y Eugenio Jiménez, determinaron que el reglamento de examen de ingreso de la Facultad de Odontología de la Universidad Nacional de Asunción (UNA), no era inconstitucional.
En el año 2005, Liliana Villamil Salinas, planteó un amparo contra el reglamento del citado examen de ingreso, debido a que fue eliminada del examen porque tuvo un error al colocar su número de cédula de identidad.
En primera instancia, el juez Civil, del Sexto Turno, rechazó el pedido, lo que fue apelado por la amparista, por lo que el Tribunal de Apelación Civil y Comercial, Primera Sala, remitió una consulta a la Corte por resolución del 20 de junio de 2005, acerca de la constitucionalidad del reglamento.
La ministra Bareiro de Módica votó por el rechazo del pedido del Tribunal de Alzada, ya que considera que la Corte no está para evacuar consultas.
Por su parte, el ministro César Diesel en su voto, sostuvo que los jueces y camaristas no tienen la potestad de declarar inconstitucional una norma, por lo que debe remitir a la Corte, para que la Sala Constitucional o el pleno declare la inconstitucionalidad.
Después, hace un estudio del pedido. Se ataca el artículo 22 del Reglamento de exámenes de ingreso de la Facultad de Odontología de la UNA, que señala: ”El postulante será excluido del ciclo de exámenes de ingreso en el que participara y por consiguiente no seguirá apareciendo en el listado parcial cuando inc. d) El N° de cédula de Identidad fuese incorrecto o estuviere incorrectamente marcado en la hoja de examen”.
Diesel habla de la autonomía universitaria, además de que las mismas están facultadas a dictar los reglamentos. Alega que el citado reglamento no es violatorio del principio de igualdad, ni del derecho a la educación, ya que determina claramente el procedimiento para los exámenes de ingreso.
De esta manera, el ministro entiende que la citada normativa no es inconstitucional. Su colega Eugenio Jiménez, se adhiere al voto.
El juicio de amparo que se presenta por la urgencia del caso, y que viola normas constitucionales. Todo el proceso en primera instancia dura como máximo 7 días. Sin embargo, esta consulta a la Corte, duró nada menos que 16 años y un mes.