Senado aprueba crear Programa Nacional de Prevención y Tratamiento de la Fibromialgia

La Cámara de Senadores aprobó el proyecto por el cual se crea el Programa Nacional de Prevención, Tratamiento, Control y Asistencia de la Fibromialgia a fin de concienciar a la sociedad sobre la enfermedad.

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La Cámara de Senadores continúa con las sesiones virtuales por la pandemia del Covid-19.

Foto: Gentileza

La creación de un Programa Nacional de Prevención, Tratamiento, Control y Asistencia de la ya cuenta con media sanción del Senado. El documento pasa a consideración de la Cámara de Diputados.

El Programa cuenta con varios objetivos, entre ellos el de establecer el desarrollo de campañas educativas y de difusión masivas sobre los principales síntomas de la fibromialgia y sus complicaciones, a los efectos del reconocimiento temprano de la misma, su tratamiento y adecuado control.

Asimismo, deberá promover la formación de profesionales médicos en la atención primaria de salud, que se desempeñan en las Unidades de Salud Familiar (USF), para que tengan los conocimientos en lo que hace al diagnóstico, tratamiento de la enfermedad, o caso contrario para derivar a los pacientes a los especialistas que corresponden.

De igual manera, se encargará de la investigación básica y clínica en la materia, contribuyendo a desarrollar actividades de docencia y capacitación. Así también, buscará formar recursos humanos especializados para la atención integral de pacientes con fibromialgia.

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Otra de las responsabilidades del Programa será realizar un registro estadístico de personas con la enfermedad y sus patologías derivadas, e impulsar la creación de centros especializados y unidades multidisciplinarios como ser en hospitales regionales para su tratamiento, previendo una asistencia sicológica tanto a los afectados por la enfermedad como a sus familias.

El documento establece que el Ministerio de Salud será la autoridad de aplicación de promulgarse la ley. También se determina que la fibromialgia no será causa de discriminación en ningún ámbito y bajo ninguna circunstancia, en particular, no podrá ser invocada como causal legítima de despido.

En caso de que se busque modificar la relación laboral por esta causa se deberá contar con un dictamen del órgano competente, que es el Ministerio de , que deberá determinar si la enfermedad lo inhabilita en la relación de trabajo, tanto en el sector público como en el privado.

Se promoverá que las personas afectadas por esta enfermedad puedan desarrollar una vida laboral digna. La fibromialgia por sí misma no será causal de impedimento para el libre concurso e ingreso laboral en el ámbito público.

Igualmente, se establece como fecha conmemorativa cada año el 12 de mayo , del Síndrome de la Fatiga Crónica y del Síndrome de Sensibilidad Química Múltiple, en concordancia con la efeméride instituida en el año 1993 con el objetivo de informar y sensibilizar a la población sobre estos síndromes de sensibilidad central.

La fibromialgia (FM) se caracteriza por ser una enfermedad crónica y compleja, cuyas causas hasta hoy son desconocidas, que provoca dolor muscular generalizado que puede llegar a ser invalidante, asociado a mal descanso nocturno y fatigabilidad y que afecta a las esferas biológica, sicológica y social de los pacientes con importantes consecuencias, tanto para la persona que la padece como para su entorno familiar, social y laboral.

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