Este artículo actualmente, en su inciso 4°, prevé una pena de 3 a 12 años cuando el autor haya realizado el coito con la víctima, y, en el caso de que se trate de un menor de diez años, recién ahí la pena puede aumentar a 15.
“El marco penal es exiguo, actualmente el Código Penal prevé que la sanción mínima, habiendo ya coito de por medio, sea de tan solo 3 años, consecuentemente sigue siendo este un simple delito, fácilmente sustituible por una multa o por otras medidas alternativas a la prisión”, expresa la exposición de motivos del proyecto.
Agregan que con esta situación jurídica por lo general el violador de niños termina generalmente libre y reincide, y según datos del Ministerio Público, anualmente se reciben unas 4.000 denuncias de violación, donde, en su mayoría, las víctimas son menores de 14 años.
“El daño que sufren las víctimas de violaciones es terrible, desde lo físico pasando por lo sicológico, configuran una experiencia traumática que posteriormente requiere de un tratamiento integral que aún no consigue borrar por completo las secuelas de este tipo de hechos. Corrompen, marcan y destruyen la vida de los niños”, señala el texto.
cambios. Las modificaciones concretas al artículo son aumentar la pena mínima a 5 años y suprimir la diferenciación de la pena en cuanto a la edad de la víctima, con lo que las penas serán de 5 a 15 años cuando el victimario haya realizado el coito con la víctima.
El proyecto fue firmado por los senadores Hugo Richer, del FG; Arnoldo Wiens y Mirtha Gusinky, de la ANR; Blanca Fonseca, del PLRA, y José Manuel Bóbeda, del Unace. La propuesta tuvo entrada en la sesión de ayer y pasa a las respectivas comisiones para su estudio y posterior dictamen, para luego ser puesta a consideración del pleno.