09 ene. 2026

La contratación de auditores debe ser notificada a la SET

Los contribuyentes que alcancen G. 6.000 millones de ingresos están obligados a comunicar al Ministerio de Hacienda los datos del auditor contratado para la realización de la auditoría impositiva, conforme a la normativa vigente.

La comunicación del auditor contratado se debe realizar a través del Formulario 432 disponible en el sistema Marangatu, ingresando en el menú “Comunicaciones” y en la opción “Comunicación auditor contratado”. Posteriormente, se debe consignar el periodo fiscal en que fue alcanzado el monto para luego agregar los datos del auditor y la fecha del contrato.

Asimismo, en caso de que se rescinda el contrato con el auditor y se contrate otro en su reemplazo, el contribuyente deberá realizar el mismo procedimiento comunicando los datos de la nueva persona encargada de la auditoría externa.

Los contribuyentes habilitados como auditores externos también deben comunicar a la Administración Tributaria los clientes que fueron auditados. Este proceso también se realiza a través del sistema Marangatu, mediante el formulario n.° 433. Tanto los auditores como los auditados pueden consultar los datos en el portal web de la SET.