–¿Cómo interpreta el contenido del documento interno del Ministerio de Relaciones Exteriores respecto a conceptos vinculados a derechos humanos sobre cuyos significados dice que no existe un consenso internacional?
–Los órganos del Estado deben dar instrucciones a los funcionarios respecto a ciertas cuestiones que requieren cuidado y prolijidad. Estas instrucciones se dan regularmente a través de documentos internos. En cuanto a los conceptos invocados en ese documento en cuestión, estoy bastante sorprendida, especialmente respecto a lo concerniente al derecho humano a la diversidad.
–¿Por qué le sorprende que Cancillería se haya visto en la necesidad de aclarar esos conceptos?
–Porque la Declaración de Unesco sobre la Diversidad Cultural (2001), que le tiene a Paraguay como signatario, afirma que “la diversidad cultural es patrimonio común de la humanidad”, y no expone en su texto ningún límite específico, ni relaciona lo diverso con la condición de vulnerabilidad. Al contrario, resalta la riqueza de la diversidad como un derecho humano; y expone que “la cultura adquiere formas diversas a través del tiempo y del espacio”.
–¿Eso qué significa?
–Que cada día, en cada momento y en cada lugar, puede surgir una nueva forma de expresión de diversidad. La construcción de los derechos nunca fue estática, y en cada tiempo emerge el reconocimiento de nuevos derechos.
–Cancillería indica qué debe entenderse por género y otros conceptos. ¿Qué hace necesario aclarar esto?
–La cuestión “género” ha sido discutida suficientemente en el marco de las conferencias internacionales, en los años 90, y se la reconoce como un método apropiado y necesario en el análisis de la estrategia para la eliminación de las conductas patriarcales y /o autoritarias de discriminación y exclusión. En mi opinión, limitar su amplitud en el vocabulario oficial representa en realidad un enorme riesgo, especialmente para los funcionarios que deben aportar con reflexiones no sesgadas, en el nivel nacional, pero particularmente en los diálogos internacionales en los que esta herramienta es usada regularmente como referencia estratégica.
–¿Podrían tener un impacto negativo en el ámbito internacional estas directivas adoptadas por Cancillería a la hora de considerar las candidaturas paraguayas para integrar organismos de DDHH?
–Puede ser que tenga un impacto negativo ante la comunidad internacional de derechos humanos, ya que Paraguay es miembro del Consejo de Derechos Humanos, y en ese sentido se halla más observado que otros países que no lo son. A mí me preocupa su proyección dentro del país, donde necesitamos un diálogo sincero sobre cuestiones en las que nuestra sociedad precisa, no solo debates, sino orientaciones en el marco del derecho a la libertad de pensamiento. Ese es el Estado Social de Derecho, democrático y pluralista identificado en la Constitución.
Entrevista a Esther Prieto y Soledad Villagra, abogadas especialistas en DDHH
La construcción de los derechos nunca fue estática. En cada tiempo emerge el reconocimiento de nuevos derechos.