28 abr. 2024

Una sentencia de la Corte Suprema permite la rebaja de sueldos en Perú

Lima, 21 sep (EFE).- Una sentencia emitida por la Corte Suprema de Perú permite que las empresas puedan rebajar los sueldos a los trabajadores de manera unilateral si es que aducen la necesidad de garantizar su estabilidad y equilibrio económico, informaron hoy medios locales.

Colectivos sociales y ciudadanos han comenzado a convocar en las redes sociales a movilizaciones ciudadanas para rechazar la decisión del Poder Judicia de permitir que las empresas puedan rebajar los sueldos a los trabajadores de manera unilateral si es q

Colectivos sociales y ciudadanos han comenzado a convocar en las redes sociales a movilizaciones ciudadanas para rechazar la decisión del Poder Judicia de permitir que las empresas puedan rebajar los sueldos a los trabajadores de manera unilateral si es q

La resolución, emitida el pasado 7 de junio por la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema, estableció que una empresa puede reducir las remuneraciones con o sin acuerdo con su trabajador.

Precisó que para aplicar esa decisión se requerirá la aceptación del trabajador o, en su defecto, “la existencia de causa objetiva que de modo excepcional y razonable (que) justifique la medida.”

Estableció, además, que la eventual reducción deberá garantizar la remuneración mínima (850 soles o 253 dólares en la actualidad), responder a circunstancias objetivas económicas financieras y ser autorizada por el trabajador sin que “medie intimidación, coacción y/o violencia que vicien su manifestación de voluntad.”

El fallo dejó de lado un criterio establecido en 2005 por la misma Corte Suprema respecto a la imposibilidad de reducir la remuneración, aun si esto fuera consensuado.

La medida motivó que abogados laboralistas señalen hoy que el Congreso debería aclarar el tema, ya que la actual ley laboral data de 1941, mientras que legisladores opositores y gremios sindicales la rechazaron.

El abogado Jorge Toyama declaró al diario El Comercio que la Corte Suprema estableció que la principal condición es que la compañía esté en una situación crítica, pero el también experto Miguel Rubio remarcó que no explicó “cuándo es una situación crítica para una empresa, por ejemplo que nivel de pérdidas tiene o cuánto tiempo lleva así.”

Sin embargo, el director de la carrera de Derecho de la Universidad de Ciencias Aplicadas (UPC), Carlos Morales, consideró que esta sentencia se refirió a un caso particular, en el que la persona afectada solo presentó un reclamo cuando se jubiló.

El legislador opositor Yohny Lescano manifestó, por su parte, su rechazo a esta decisión y afirmó que el Congreso debe citar al presidente de la Corte Suprema para que la explique.

Lescano opinó en su cuenta en la red social Facebook que los trabajadores deben convocar a una marcha nacional y anunció que el jueves los gremios laborales ofrecerán una rueda de prensa en la sede del Legislativo.

El “Poder Judicial debe rectificar”, remarcó.

La Confederación General de Trabajadores del Perú (CGTP) señaló, a su turno, que el Perú “tiene una de las remuneraciones promedio más bajas de América Latina” y dijo que se opone “a cualquier rebaja de sueldos y salarios que afecte la economía de los trabajadores y las trabajadoras.”

El mayor sindicato nacional aseguró en su página en Facebook que la decisión de la Corte Suprema “no tiene carácter vinculante”, pero alertó que puede ser usada por otros jueces “como precedente para casos similares.”

“En ese sentido, la CGTP está evaluando las acciones y medidas a implementar en defensa de las remuneraciones de las familias trabajadoras”, concluyó.

Colectivos sociales y ciudadanos también han comenzado a convocar en las redes sociales a movilizaciones ciudadanas para rechazar la decisión del Poder Judicial.

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