06 jun. 2024

El pueblo brasileño Xucuru denuncia las violaciones del Estado ante la CorteIDH

Guatemala, 21 mar (EFE).- El pueblo indígena Xucuru denunció hoy ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) ataques y violaciones por parte del Estado de Brasil, sobre todo contra el derecho a la propiedad colectiva de su territorio, de unos 270 kilómetros cuadrados.

Vista general de una audiencia ante la CorteIDH hoy, martes 21 de marzo de 2017, en Ciudad de Guatemala (Guatemala). EFE

Vista general de una audiencia ante la CorteIDH hoy, martes 21 de marzo de 2017, en Ciudad de Guatemala (Guatemala). EFE

Durante una audiencia en Ciudad de Guatemala, donde la Corte celebra un periodo extraordinario de sesiones, las supuestas víctimas relataron cómo el Estado ha tenido una demora de 16 años, entre 1989 y 2005, en el proceso administrativo de reconocimiento, titulación, demarcación y delimitación de las tierras y territorios ancestrales, en el municipio de Pesqueira, al noreste del país.

También un retraso en el saneamiento total de dichas zonas, así como la presunta violación de los derechos a las garantías judiciales como consecuencia del alegado incumplimiento del plazo razonable en el proceso administrativo respectivo, así como la supuesta demora en resolver acciones civiles iniciadas por personas no indígenas con relación a las tierras.

Uno de los caciques del pueblo Xucuru, que se identificó con el nombre de Marcos, relató a la Corte, presidida en funciones por Eduardo Ferrer, que desde que empezó la lucha de su pueblo hace más de 30 años hubo varios asesinatos, muchos de ellos aún sin respuesta.

Según el testimonio del joven, de 38 años, desde niño él y otros iban de “aldea en aldea” intentado recuperar y juntar la identidad de su pueblo, “disperso por miedo y porque era perseguido”, pues varios de sus integrantes fueron “asesinados” o “descuartizados vivos” solo por el hecho de hablar en su lengua materna.

Esos son algunos de los ejemplos de discriminación y violación que sufrieron, pero según el cacique el proceso de demarcación emprendido continúa por esa senda, y no pone en valor la lucha y el sufrimiento de un pueblo que él tiene en su memoria, al igual que el homicidio de su padre.

En este sentido, la defensa de las supuestas víctimas argumentó que este caso es “emblemático” y dijo que revela la estructura del Estado de Brasil, que aún en la actualidad no ejerce la protección que debería a los pueblos originarios, sino que trata de “sofocar la lucha” vulnerando derechos como la propiedad colectiva.

Un grupo de personas no indígenas -sin cuantificar- aún ocupa el territorio ancestral y supuestamente lo hacen de forma pacífica, según los testigos del Estado de Brasil, aunque el cacique aseguró que no están ahí con su aprobación, sino por una ocupación violenta.

Por ejemplo, el perito Christian Teófilo da Silva, propuesto por el Estado, relató que la relación entre indígenas y no indígenas es pacífica y contó que el Gobierno brasileño sí ha ido cumpliendo poco a poco con sus obligaciones, y en la actualidad ya hay dentro del territorio indígena nueve centros de salud y 36 escuelas.

Por su parte, los representantes del Estado aseguraron que “no hay retraso”, ni inseguridad jurídica ni violación a los derechos de esta población y aseguraron que su país ha sido uno de los primeros en reconocer a los pueblos indígenas.

Tras los alegatos de las dos partes involucradas, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que recibió el caso en 2002 pero que no emitió su informe final hasta 2016, dijo que no hay motivos fundamentados para argumentar la demora del Estado y reiteró que es una obligación de los gobiernos la demarcación, el reconocimiento y el saneamiento de esos espacios.

Además lamentó que dos acciones judiciales interpuestas por personas no indígenas sobre el territorio, una en 1992 y otra en 2002, estén aún sin resolver y señaló a la Corte que este es un caso importante para “fijar los procesos de demarcación y titulación” para respetar la propiedad colectiva.

La CorteIDH ha fijado el 24 de abril como la fecha límite para que las partes presente sus alegatos y observaciones finales por escrito.

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