25 abr. 2024

El BCP se salva de pagar USD 7 millones a un ex funcionario

El juez Arnaldo Martínez Rozzano ordenó el finiquito y archivo de un juicio en el que se ventilaba una pretensión de cobro de honorarios del profesional abogado Francisco González, por los trabajos realizados cuando se desempeñaba como funcionario del Banco Central del Paraguay (BCP).

El informativo del BCP señala que el abogado González estaría persiguiendo honorarios por la suma de USD 7 millones de dólares, aun cuando durante el tiempo en que prestó servicios en la entidad cobró íntegra y regularmente sus remuneraciones ordinarias y bonificaciones como apoderado de la institución.

Esta sentencia se da en la misma línea a lo ya resuelto hace poco más de un mes por el juez Miguel Ángel Rodas en otros procesos similares.

La decisión judicial se basó en que el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, por fallo unánime, declaró la ilegalidad del pago de honorarios regulados al citado profesional, considerando que ya había percibido una remuneración por dicho trabajo como funcionario del Banco Central, Acuerdo y Sentencia N° 185, del 10 de abril de 2014.

En la resolución de la Corte Suprema de Justicia, se enfatiza que el pago de honorarios, con presupuesto de la entidad matriz, implicaría, en este tipo de casos, una doble remuneración por el mismo trabajo, lo que se halla prohibido por el Art. 105 de la Constitución y por el artículo 12 de la Ley de Honorarios de los Abogados, según explicaron abogados del BCP.

Resaltaron que el Art. 12 de la Ley 1376/88 establece que cuando se hubiere pactado una retribución periódica por la prestación permanente de servicios profesionales, el abogado no debe percibir honorarios de su contratante.