18 abr. 2024

Cartes promulgó ley que habilita al IPS usar fondos jubilatorios en salud

La Ley 5655, que modifica la carta orgánica del Instituto de Previsión Social (IPS), también penalizará a las patronales que descuenten a sus trabajadores y no deriven esos aportes a la previsional.

Conferencia.  Luis Fleytas, consejero del IPS, defendió la ley.

Conferencia. Luis Fleytas, consejero del IPS, defendió la ley.

El presidente de la República, Horacio Cartes, promulgó ayer la Ley 5655 que modifica la carta orgánica del Instituto de Previsión Social (IPS). La nueva normativa permitirá que los fondos jubilatorios sean utilizados en el área de salud. La decisión se tomó pese a que organizaciones civiles, asegurados y jubilados pidieron que se vete, por el riesgo que implica usar fondos jubilatorios en salud.

El consejero de la previsional Luis Fleytas dijo que la nueva ley permitirá mejorar los servicios de salud que actualmente están colapsados por la falta de recursos.

La legislación, en su artículo 4º, establece que “el IPS podrá realizar inversiones inmobiliarias en su propio patrimonio, en cualquiera de los fondos administrados por la previsional, únicamente en caso de clara conveniencia económica y social para la institución. Podrá actuar como fideicomitente y/o beneficiario en negocios fiduciarios, con o sin transferencia de dominios de inmuebles (...), hasta un límite equivalente al 40% de las rentas obtenidas por las inversiones y colocaciones financieras correspondientes al ejercicio inmediato anterior”.

Fleytas explicó que el artículo da la facultad al IPS de usar el 40% de la rentabilidad que genera el fondo de jubilación para invertirlo en obras de infraestructura y equipamientos para la previsional.

“El IPS tiene USD 1.500 millones de dólares invertidos en diferentes bancos del país. De la rentabilidad que generan esos recursos se va a usar hasta el 40%, para obras en cualquiera de las áreas del instituto. Se podrá invertir en construcción de nuevos hospitales en todo el país, ampliar terapias y adquirir equipamientos e insumos para mejorar la atención a los asegurados”, reiteró Fleitas.

RIESGO. Con relación al potencial riesgo que podrían generar esas inversiones, el consejero del IPS aseguró que no existe ningún tipo de riesgo en el uso de esos recursos, puesto que ese 40% de renta se va a invertir y va a volver a generar una renta que se va a usar para devolver el dinero a la caja de jubilados en un plazo determinado y con un interés.

Mencionó, además, que todos los proyectos para la utilización de los fondos irán al Congreso para ser aprobados.

Fleytas afirmó que “existe una garantía del 100% en la utilización de esos fondos, porque serán utilizados dentro del mismo IPS”.

CRISIS. Al Fondo de Salud ingresan un promedio de G. 170.000 millones mensuales, pero el total de gastos asciende a G. 245.000 millones cada mes. El déficit mensual es de G. 75.000 millones y el anual ronda G. 900.000 millones. Con la nueva ley se podrá dar un respiro a la crisis presupuestaria que arrastra el IPS desde hace años.

La nueva ley también permitirá al IPS intercambiar con otras instituciones y entes del Estado todo tipo de información y datos referidos a los sujetos del seguro social obligatorio. Según la ley, esto se hará al solo efecto de disminuir la evasión, aumentar los niveles de protección social y realizar estudios socioeconómicos, estadísticos y actuariales.

Por otro lado, se amplía el artículo 261 del Código Penal, “Evasión de Aportes a la Seguridad Social”, por el cual se podrá penalizar con pena privativa de libertad a las patronales que descuenten a sus empleados y no deriven esos aportes al IPS.

La pena podría ser de uno a cinco años o multa. En los casos más graves, hasta diez años, incluso.

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