Imagine que está viendo un partido de fútbol. Faltando siete minutos para que termine el partido, el árbitro detiene el encuentro y les informa a los jugadores que las reglas de juego cambiaron, porque con los demás árbitros que fiscalizan el juego se dieron cuenta de que las normas estaban mal hechas.
Atónitos, los jugadores se miran entre sí, mientras el árbitro reinicia la jugada, y el público que observa se pregunta si era necesario cambiar las reglas a tan poco de terminar el partido y por qué no se esperó a que culminara el juego para modificar las normas para los partidos siguientes. Algo parecido es lo que pasó con el cambio de la reglamentación del impuesto a la renta personal (IRP). Independientemente de que tardaron cuatro años en darse cuenta de que el decreto que reglamenta la ley del IRP está mal, muchos se preguntan por qué aplicar esos cambios al ejercicio fiscal 2016.
Si bien este impuesto apunta a las 40.000 personas con más ingresos económicos del país, no es descabellado pensar que si son capaces de cambiar las reglas por el camino a quienes más tienen, lo harán sin pudor a quienes menos ingresos económicos poseen.
El argumento esgrimido por el Poder Ejecutivo, además de decir que detectó que el decreto anterior establecía disposiciones que beneficiaban a los más ricos del país no previstas en la ley, es que la renta personal es un tributo anual y, por tanto, alcanza a los contribuyentes –de acuerdo con los ingresos obtenidos– a partir del 31 de diciembre.
Cuando el gobierno de Nicanor Duarte Frutos propuso una reforma tributaria, que incluyó reducir la tasa impositiva al 10%, se acordó crear el IRP, un tributo que era aplicado en casi todo el mundo, menos en Paraguay.
Los gremios empresariales se opusieron, pero finalmente se llegó a un pacto social y se estableció que no sería un impuesto recaudador, sino formalizador de la economía.
Así, se legisló que si un contribuyente del IRP presentaba todas sus facturas legales donde demostraba haber pagado el impuesto al valor agregado (IVA), podría deducir sus gastos y pagar prácticamente nada por el IRP. Los gremios empresariales siguieron presionando contra el tributo, y aunque debía entrar a regir a partir del año 2006, pudo aplicarse recién desde el año 2012. Su implementación plena se dará recién en el año 2019, cuando alcance a quienes tengan ingresos iguales a 36 salarios mínimos al año.
Tres son las críticas puntuales que se hacen a la Administración Tributaria por su decisión de cambiar la reglamentación del IRP entre el 23 y el 30 de diciembre del año pasado: que los cambios debieron alcanzar a quienes presentarán su declaración jurada en marzo del próximo año; que el tributo no está plenamente implementado como para que se planteen cambios; y que se eligió el momento político más inoportuno para realizarlos.
A todo esto se suma la falta de claridad en comunicar a qué quiere llegar el Ejecutivo con estas modificaciones. Establecer cambios, y sobre todo impositivos, siempre genera desconfianza. Y aunque el fin sea que quienes más tienen más paguen, la forma en que se actuó es la que se cuestiona.