Tribunal confirma absolución de un acusado por abuso sexual en niños

Tras dos años, los camaristas ratificaron que un acusado por abusar de una menor de 13 años es inocente. El hecho se registró en el 2011, según la acusación. Los jueces dudaron de la versión dada por la víctima.

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Presidente. El ahora ex juez, Andrés Casati, presidió el tribunal que absolvió al acusado.

El Tribunal de Apelación en lo Penal, Cuarta Sala, con voto dividido, ratificó la absolución de culpa y reproche de un procesado por abuso sexual en niños. No creyeron la declaración de la víctima.

Fue beneficiado con la resolución judicial Óscar Hugo Espínola Ramos, quien, con ello, fue desvinculado de la causa en cuestión.

Votaron a favor de la confirmación del fallo los camaristas Arnulfo Arias y Emiliano Rolón Fernández. Por su parte, el camarista Carlos Ortiz Barrios votó por anular el fallo y hacer un nuevo juicio.

La apelación fue planteada por la fiscalía, que pidió anular el fallo dictado en juicio oral, el 11 de setiembre del 2012, por los entonces jueces Andrés Casati, Liza María Battilana y Manuel Aguirre.

En su fallo, los magistrados señalaron que no se probó la existencia del hecho punible, por lo que entendieron que correspondía absolver al acusado de culpa y reproche.

Según habían argumentado, la declaración del padrastro de la menor no resultó creíble, ya que hubo contradicciones con otros testigos, además de la desidia posterior al hecho.

El padrastro había dicho que vio a la niña salir con su ropa sucia, con manchas de semen en la parte íntima, por lo que le dio asco y salió al patio a comer mango.

Otro punto tenido en cuenta por los jueces es la declaración de la víctima. Pusieron en duda su testimonio, ya que la menor estaba “sumamente temerosa, avergonzada y con un embarazo de cuatro meses”. Entendieron, incluso, que el abuso a la menor continuaba.

El hecho, según la acusación, ocurrió el 7 de marzo del 2011, cuando –según la fiscalía– el acusado llevó a la habitación de un inquilinato a la niña y abusó sexualmente de ella.

APELACIÓN. La fiscalía atacó el fallo de los jueces. Señala que no se valoraron la declaración de la asistente social y desacreditaron el testimonio de la víctima.

La defensa, por su parte, entendió que el argumento fiscal acredita que el hecho existe, pero no quién es el autor, por lo que pide ratificar el fallo.

El voto en mayoría sostuvo que los jueces valoraron correctamente las pruebas, que no se probó que el procesado haya cometido el hecho punible investigado.

Por su parte, Ortiz Barrios votó por anular el juicio, ya que no podía dudarse de la declaración de la menor, y que debían hacer una valoración armónica de las pruebas en el juicio oral.

Al final, por dos votos a uno, los camaristas ratificaron la resolución que absolvió al acusado de culpa y reproche por el caso.

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