30 may. 2025

“Los licenciatarios de radio y tevé del país pueden estar tranquilos”

En Paraguay no podría darse un caso como el del canal venezolano RCTV, asegura el titular de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, Carmelo Ruggilo. Jurídicamente, los concesionarios de medios “están bien protegidos”, asegura.

Por Susana Oviedo
soviedo@uhora.com.py
–¿Podría darse en Paraguay una situación similar a la ocurrida con Radio Caracas Televisión (RCTV) en Venezuela?
–En nuestro país, al vencer el plazo de una licencia se vuelve a llamar a licitación, si el operador no solicitó la renovación. Sin embargo, mientras se desarrolla el concurso para otorgar esa licencia a otro adjudicatario, aquel que no pide renovación debe mantener el servicio.
Para renovarle la licencia a un operador en cualquier servicio, se tiene en cuenta lo siguiente: que solicite la renovación; esta no es automática, y que cumpla los requisitos técnicos, jurídicos y económicos.
–¿Cuáles son esos requisitos?
–Los técnicos tienen que ver con que no interfiera a otros operadores. Lo económico, que el interesado no tenga deudas con el Estado paraguayo. Un licenciatario paga el derecho de licencia, que es por 10 años. También un arancel anual por el uso del espectro radioeléctrico y, mensualmente, la tasa de explotación comercial. En radio es 0,25 por ciento de la facturación y en televisión y cable es 1 por ciento. En cuanto a lo jurídico, la exigencia es que los responsables del medio de comunicación no tengan problemas judiciales. Si se cumplen estos requisitos, se les otorga la renovación. Si no, se llama a licitación y se adjudica a un nuevo licenciatario.
Este, al ganar la licencia, opera con sus equipos propios. No sucede como en Venezuela, donde se le confiscaron los equipos al canal RCTV. Esto no se puede hacer porque son de propiedad privada de cada operador.
–Si, además del que pide la renovación, aparecen otros interesados, ¿tiene prioridad aquel que ha venido usufructuando la frecuencia?
–El artículo 131 de la Ley Nº 642 de Telecomunicaciones dice que los operadores de radiodifusión sonora, televisiva y los cableoperadores tienen la licencia hasta el 2014, contado el plazo desde el 2005. Pero también hay otro artículo que dice que si ellos cumplen todos los requisitos, automáticamente se les renovará el derecho a usufructo.
Hoy en día, la legislación les da garantía total al radiodifusor y al teledifusor para poder operar tranquilamente, toda vez que no transgredan las normas previstas en la Ley de Telecomunicaciones.
–¿Cómo se procede para cancelar la licencia a un medio televisivo o radiofónico?
–Si incumple con la norma, se le debe hacer un sumario previo y se necesita una resolución unánime del directorio. Es decir, ninguno de los miembros del directorio de Conatel tiene que estar en contra. Si en esta instancia del ente regulador los votos están divididos, no puede darse la cancelación.
–¿Cuáles son las causales de cancelación?
–Tienen que ver con el incumplimiento de las exigencias jurídicas, técnicas y financieras. Tiene que haber infracciones a la ley y las sanciones son graduales. Primero son amonestaciones, luego apercibimiento o multa. Para que se resuelva cancelar la licencia a un medio, este tiene que haber reincidido en las faltas previstas en la ley. Es un procedimiento que se reconoce en todo el mundo. No se puede cancelar así porque si nomás la licencia. En Paraguay, los licenciatarios están bien protegidos.
–Si a través de un canal de tevé o una radio se cometen delitos y la Justicia ordinaria falla en contra de este medio, ¿incidirá este hecho para que no se le renueve la licencia?
–Conforme a la Ley de Telecomunicaciones, la Conatel no juzga contenidos, sino la parte técnica. No podemos decir: cometieron calumnia, están difamando o instando a la violencia. La norma no le da potestad al ente regulador a juzgar contenidos. Los licenciatarios pueden estar tranquilos en ese sentido.
En el país tenemos una deuda, que es la creación de un ente regulador de contenidos, como hay en todo el mundo. Muchos dicen que esto implicará censura, y no, no es censura. Existe en Argentina, en Estados Unidos. Es más, en Francia el año pasado cerraron un canal árabe porque instaba a la violencia.
Lastimosamente, acá no tenemos un organismo que regule contenidos.
Muchos dueños de medios piden, pero muchos comunicadores no quieren.
–¿Qué se buscaría con un ente así?
–Evitar las groserías, las agresiones infundadas. Realmente hace falta, pero nadie se atreve a meter un proyecto sobre eso en el Parlamento.
–¿No es suficiente la legislación que protege a los ciudadanos de los abusos que podrían cometerse a través de los medios?
–Puede ser, es la otra vía que tenemos. Pero en los países más desarrollados existen reguladores de contenidos.
–¿Qué pasará con otros ciudadanos o sectores que quieran disponer de una frecuencia a través de un nuevo medio de comunicación?
–Tienen dos opciones: esperar una licitación de Conatel o comprarle la licencia a un licenciatario normal. No hay otra opción. El espectro radioeléctrico no es un bien infinito, su uso debe coordinarse con los países vecinos para evitar interferencias. Justamente por tratarse de un bien limitado es que se llama a licitación. En las licitaciones se determinan los parámetros de potencia, ubicación, etc. Es la forma más democrática de acceder a una frecuencia. La otra opción es adquirir una licencia de un medio. La ley dice que la licencia es intransferible, salvo autorización de la Conatel.
–¿Por qué la Conatel otorgó al sector privado las licencias de Canal 2 y Canal 5, originalmente destinadas a ser un canal rural y educativo, respectivamente?
–Nosotros no podemos licitar las frecuencias estableciendo que serán solamente para tales o cuales contenidos. No está preestablecido eso. Aun así, siempre se dijo eso, pero no tiene ningún fundamento legal. A lo mejor un oferente dijo que si ganaba hacía un canal educativo.
En la oferta se hace un proyecto económico, otro jurídico, uno económico y otro programático. Probablemente en el proyecto de algunos de los oferente estaba que iban a ser canales educativos.
La Conatel no puede limitar eso.
–En nuestro país, ¿existen frecuencias reservadas para el Estado?
–Sí, la ley lo establece. En el país, hasta ahora no se ha hecho uso desde el Estado de una frecuencia para televisión pública. En el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias están reservadas algunas frecuencias, entre ellas, para un canal abierto del Estado.
–¿Cómo se evita el monopolio de los medios?
–Por ley, en Paraguay un mismo propietario o persona física o jurídica solo puede tener un canal, una radio en AM, otra en FM y otros servicios, pero no dos radios, dos canales, etc.
–¿Qué sucedió con las denuncias sobre adjudicación irregular de frecuencias de radios a legisladores?
–En los registros de Conatel, ningún político tiene radio. No obstante, hecha la ley, hecha la trampa: ellos ponen a nombre de terceros (sus radios), seguramente. Si existen, existen de esa forma. Por tanto, el problema no es de Conatel, sino con el Código Electoral, que establece que un candidato para el Legislativo nacional, departamental o municipal no puede ser propietario de una radio. Nosotros estamos al margen de eso.

Sus frases
“Desde el punto de vista legal y de las autoridades al frente del país, no existe la más mínima intención de cercenar la libertad de expresión y de prensa.”
“En el Paraguay, ningún medio puede decir que desde el Gobierno se le impone lo que debe difundir.”