“El país se convierte de un Estado constituyente a uno prostituyente”

La fiscala Teresa Martínez indicó que están convirtiendo al Estado en un explotador sexual, al lucrar con el cuerpo de las personas y la SET estaría cayendo en un supuesto caso de inducción al delito.

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La titular de la Secretaría Nacional de la Niñez y la Adolescencia (SNNA), Teresa Martinez.

Archivo.

“Con el cobro de tributos a los prostíbulos, nuestro país pasa de ser un Estado contribuyente a un Estado prostituyente, se le está convirtiendo al Estado en explotador sexual”, así de tajante fue la futura ministra de la Niñez y la Adolescencia, la fiscala Teresa Martínez, al conocer la respuesta personal de la directora de la Secretaría de Estado de Tributación, Liz Del Padre.

La fiscala subrayó que “antes que asumir el error trató de justificar el polémico cobro a dichos locales”, que para la Fiscalía son ilegales. “La Secretaría de Estado de Tributación (SET) estaría cayendo también en la inducción al delito si se llegase a cobrar el cobro de IVA a prostíbulos, que también fueron registrados de alguna manera para los mencionados cobros”, indicó en otro momento la agente del Ministerio Público.

La fiscala antitrata fue más allá de los hechos de la SET y mencionó que si existieren lugares que fueron inscriptos como prostíbulos en varias ciudades del país, las municipalidades también tienen una gran responsabilidad a la hora de habilitar dichos negocios, que son ilegales.

La agente del Ministerio Público ayer seguía aguardando el informe que había solicitado a la SET en cuanto a la existencia de los mencionados negocios sexuales; sin embargo, al cierre de la edición no le llegó nada. Ante esta situación, Martínez mencionó que urgirá el pedido para que le sean enviados los informes que había solicitado.

“Lo que quiero saber es si cuántos locales fueron inscriptos y dónde se encuentran, ya que estamos hablando de un negocio en el cual se gana dinero utilizando el cuerpo de las personas y eso es un delito”, mencionó.

Según la fiscala, prostíbulo tiene sus sinónimos en burdel, mancebia, lupanares y aunque exista consentimiento, según lo que establece la Ley 4788/12, artículo 4º, sobre definición de beneficios económicos o de otro tipo mediante la participación de una persona en la prostitución, la servidumbre sexual u otros tipos de servicios sexuales, incluidos los actos pornográficos, se trata de un delito.

La fiscala Martínez también pidió que se quite del sistema ese tributo, ya que es ilegal y es pausible de una penalización, que sería inducción a un subordinado a un hecho punible; en este caso lo lleva a la prostitución o rufianería.

No descarta la posibilidad de investigar a los responsables de dicho ente estatal, debido a que aparentemente inducen a que se cometa un delito.La futura ministra de la Niñez y la Adolescencia dijo además que muchas de las empresas que allanaron en el marco de denuncias por trata de personas tenían la fachada de spa o servicios de masajes, por lo que también lamentó el poco control y monitoreo por parte de la SET a la hora de aceptar la constitución de las firmas y otorgar los registros.

SET: La prestación voluntaria no es irregular y se debe tributar

La titular de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), Liz Del Padre, aseguró ayer que según los análisis preliminares realizados por el equipo jurídico de la institución, en principio, la prestación de servicios sexuales se trata de una actividad que no es irregular si es que el contribuyente la realiza de manera consciente, lícita y voluntaria.

La subsecretaria de Estado reconoció que hay aportantes inscriptos en la categoría denominada “Actividades de prostíbulos y similares” y que los mismos deben tributar por los servicios prestados, pero dijo que por el momento no cuentan con datos sobre la recaudación percibida bajo este concepto.

Recordó que la clasificación de actividades utilizada actualmente fue elaborada por las Naciones Unidas, y que, tras el pedido de informe de la Fiscalía, los técnicos de la SET están recopilando también la información regional en materia de derecho comparado, para que la respuesta sea lo más completa posible.

No obstante, explicó que analizarán detenidamente si existen casos de personas jurídicas (empresas) que incurren en la rufianería para informar a la Fiscalía, ya que esa figura sí constituye un hecho punible. Agregó que no están ajenos a excluir este tipo de actividad del sistema tras concluir el análisis legal.

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