Aprueban modificación para acceder a cargos judiciales

La Cámara de Diputados aprobó la modificación de un artículo del Código de Organización Judicial que permitirá a actuarios judiciales, asistentes fiscales y procuradores acceder a cargos como juez de primera instancia o miembro de Tribunal de Apelación.

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Palacio de Justicia. | Foto: Archivo.

El artículo 191 del Código de Organización Judicial exigía que para postularse al cargo de Juez de Primera Instancia o miembro de Tribunal de Apelación, el candidato debió haber ejercido la profesión de abogado por lo menos durante cinco años.

Este punto excluía automáticamente a profesionales que se desempeñan como actuarios judiciales, asistentes fiscales o procuradores que si bien son abogados, no ejercen la profesión de manera directa.

“El objetivo es establecer una cláusula de equiparación entre las funciones que hoy ejercen los abogados independientes y la función que desarrollan los actuarios judiciales, asistentes fiscales y funcionarios de procuraduría que no ejercen propiamente la profesión de abogados”, señaló el diputado Eber Ovelar.

“Este grupo quedaba excluido en la posibilidad de acceder a cargos no electivos y con esta cláusula de equiparación que garantiza el acceso a cargos públicos que consagra la Constitución Nacional”, señaló el diputado Eber Ovelar.

El diputado sostuvo además que con esta modificación garantiza el acceso a cargos públicos para todos los que sean idóneos para el cargo, como consagra la Constitución Nacional.

El proyecto de ley ahora pasa a la Cámara de Senadores para su tratamiento.

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