La minuta propuesta, que será tratada en la sesión de la fecha, señal que esta nueva figura en la norma comunal se entiende como una compensación o reparación del daño social ocasionado debido a la exposición al peligro del tránsito terrestre, considerada una falta gravísima.
El concejal resalta que los trabajos a ser realizados podrán ser cubiertos en plazas, hogares de niños o ancianos, iglesias, refugios u otros, teniendo una carga horaria no inferior a 90 horas (15 días) ni mayor a 240 horas (40 días).
Indica que esa actividad será monitoreada por un funcionario municipal designado para el efecto, debiendo ser cumplida los fines de semana en los siguientes tres a seis meses contados a partir de la fecha de la sentencia definitiva, en jornadas de seis horas diarias.