19 mar. 2024

Plantean servicio comunitario a quienes causan accidentes

La prestación de un servicio comunitario como pena complementaria a las multa que son aplicadas a quienes resulten responsables de ocasionar accidentes, para lo cual se deben modificar los artículos 274 y 233 de la Ordenanza 479/10 Reglamento General de Tránsito, es planteada por el edil Toni Apuril.

Nuevo.  Se apunta a la tarea social por ocasionar percances.

Nuevo. Se apunta a la tarea social por ocasionar percances.

La minuta propuesta, que será tratada en la sesión de la fecha, señal que esta nueva figura en la norma comunal se entiende como una compensación o reparación del daño social ocasionado debido a la exposición al peligro del tránsito terrestre, considerada una falta gravísima.

El concejal resalta que los trabajos a ser realizados podrán ser cubiertos en plazas, hogares de niños o ancianos, iglesias, refugios u otros, teniendo una carga horaria no inferior a 90 horas (15 días) ni mayor a 240 horas (40 días).

Indica que esa actividad será monitoreada por un funcionario municipal designado para el efecto, debiendo ser cumplida los fines de semana en los siguientes tres a seis meses contados a partir de la fecha de la sentencia definitiva, en jornadas de seis horas diarias.

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