La nueva Ley de Protección del Patrimonio Cultural ya fue sancionada por el Congreso y espera el trámite para ser promulgada, situación que podría acontecer este mes, según el abogado Gustavo Servián, asesor jurídico de la Secretaría Nacional de Cultura (SNC).
El jurista dijo que la importancia de la normativa radica en que establece sanciones penales para aquellos que atenten contra los bienes culturales del país.
Además, se destaca la actualización de las reglas al derecho positivo paraguayo, ya que la ley anterior (946) es de 1982 y, posteriormente, aparecieron en la misma Constitución Nacional (1992), el Código Civil, el Código Penal, el Código Procesal Penal, entre otras normativas.
Asimismo, la nueva disposición amplía su alcance. “La ley del 82 hablaba solamente de tres puntos: de la protección, de la recuperación y de la restauración de los bienes culturales. La nueva ley tiene más objetivos: como la protección, la salvaguarda, la preservación, el rescate, la restauración, el registro de los bienes culturales, así como también la promoción, la difusión, el estudio, la investigación y el acrecentamiento de esos bienes”, dijo Servián.
Castigos
El asesor jurídico de la SNC detalló que la nueva normativa incorpora un régimen de sanciones penales y ahora el daño causado a los bienes del patrimonio cultural en todas sus categorías o clasificaciones será considerado un hecho punible.
“Tales hechos constituirían la destrucción, el menoscabo, el robo, el hurto, la demolición parcial o total, así como el tráfico ilícito, la transformación, restauración o intervención indebida de los mismos. Las penas van desde las multas hasta diez años de pena privativa de libertad”, indicó el abogado, añadiendo que la normativa establece multas que van entre los cien y los dos mil jornales mínimos.
Institucionalidad
Ticio Escobar, proyectista y asesor de la SNC, había destacado que “esta ley habilita un sistema de institucionalidad”.
¿Qué incluye? El concepto de patrimonio cultural incluye inmuebles, documentos, arte visual, monumentos, registros de audio y hasta territorios y bienes subacuáticos.
No obstante, la determinación de qué forma parte de dicho espectro lo determinará con precisión la próxima reglamentación de la ley.
Por de pronto, la normativa establece una categoría que incluyen los “Bienes del Patrimonio Cultural Nacional”, que son aquellos declarados por entidades supranacionales, entre ellos, los monumentos nacionales determinados por la SNC; y aquellos que resulten significativos para la cultura paraguaya.
La nueva ley establece, igualmente, mecanismos de consulta a la ciudadana a través de audiencias públicas; y activa el Sistema Nacional de Patrimonio, conformado por órganos nacionales o subnacionales competentes sobre esta especialidad. En este Sistema también participan representantes de las gobernaciones y municipalidades.