26 abr. 2024

Desde hoy los saldos ya no pueden vencer y la Conatel prevé sanciones

Conatel emitió ayer la resolución que reglamenta la vigencia y acumulación de los saldos de telefonía móvil e internet en favor de los clientes. Las empresas que no cumplan se exponen a sumarios y multas.

Tras poco más de un mes de haberse promulgado la Ley 5177/14 que modificó el artículo 93 de la Ley de Telecomunicaciones, y fijó la no caducidad de los saldos (excepto promociones), finalmente el Directorio de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) emitió la resolución 923/14 y con ella los clientes ya no pueden sufrir la pérdida de sus créditos en caso de no utilizarlos, como ocurría anteriormente.

Eduardo González, presidente de Conatel, manifestó que las operadoras que hagan cumplir el vencimiento de los saldos se exponen a un sumario y luego pueden ser sancionadas.

El proyectista de la ley fue el diputado Óscar Tuma. La demora en la resolución se debe a que las operadoras solicitaron tiempo para readecuar sus sistemas y también para discutir algunos puntos que no quedaban claros, como el alcance que tendría la ley en las promociones y en los saldos pospago (planes fijos mensuales).

No obstante, el ente regulador considera que ya pasó un tiempo prudencial para ajustar los sistemas y ahora las telefónicas ya no tienen excusas para acumular los saldos, y de esa forma dejar de aplicar el vencimiento a sus abonados.

PUNTOS. La resolución de Conatel indica en su artículo 1º que los montos pagados por los usuarios y abonados a los prestadores del servicio de telefonía móvil, del servicio de comunicaciones personales (PCS), así como del servicio de acceso a internet y transmisión de datos generan derechos de uso a favor de los usuarios a partir de la fecha de su adquisición, que mantienen su vigencia y la plena capacidad de ser utilizados para la retribución de estos servicios, independientemente del momento de la adquisición.

Los créditos no tendrán plazos de vencimiento ni caducidad y solo se descontarán por el uso pleno de los mismos. Los saldos no utilizados se acumularán a favor de los usuarios, excepto los saldos promocionales.

El artículo 2º establece que el usuario que decide dar de baja a su línea o número, tendrá la opción de transferir todo el saldo que no utilizó a su nueva línea, siempre y cuando sea en la misma red o telefónica.

Los prestadores deberán presentar mensualmente a la Conatel información sobre las líneas que fueron dadas de baja y los saldos que se transfirieron, según establece el artículo 3º.

SANCIONES. Hasta ayer existían empresas que anunciaban que los saldos vencían, siendo que la ley ya está vigente desde el 8 de mayo pasado. Usuarios mencionaron que, luego de hacer una recarga o al consultar los créditos con Claro y Personal (en sus respectivos números), las operadoras informaban que el saldo principal vencía en tres días (ver fotografía) o en otro plazo. ÚH comprobó que efectivamente todavía anunciaban vencimientos. Tigo y Vox ya no daban este mensaje de caducidad. Se intentó dialogar con los representantes de Claro y Personal, pero no hubo éxito.

¿Dónde se puede denunciar?

Los usuarios pueden denunciar el no cumplimiento de la acumulación de los saldos en el Centro de Atención al Público (CAP) de la Conatel, ubicado en el segundo piso del edificio Ayfra (Presidente Franco y Ayolas) del microcentro.

Las quejas por teléfono se pueden hacer a través del 438 2000 o al correo electrónico www.contale.gov.py

El ente regulador solicita a los clientes que hagan sus reclamos, ya que así se hará un seguimiento de los casos y se ejercerá mayor control sobre las operadoras. También se pueden denunciar los malos servicios, las sobrefacturaciones o incumplimientos de contratos.