07 may. 2025

Benjamin Button

Enrique Vargas Peña

El domingo, en este diario, se publicó una entrevista de Patricia Vargas al candidato de Horacio Cartes a la presidencia de la República, Santi Peña, quien sostuvo: “El Ejecutivo, órgano administrador del Estado, prepara un presupuesto, lo remite al Congreso y el Congreso puede tirar a la basura y hacer uno nuevo e inventar ingresos que no existen. Comparás eso con la legislación internacional y no ves que hay un país donde haya un Congreso que tenga discrecionalidad total en materia presupuestaria. El Parlamento es una instancia política por excelencia y el presupuesto es una de las herramientas del manejo financiero y por eso no es sorpresa que lo que se ha aumentado en Paraguay, a lo largo de estos años, hayan sido salarios o cargos porque es eso lo que reditúa en la política. Al Parlamento no le reditúa invertir en obras sociales porque eso no se transmite en votos. Hay que limitarle el margen de acción en el área presupuestaria solamente para que ya no corramos el riesgo de que destartalen el presupuesto” (http://bit.ly/2qDPcvY).

Santi habla como si en su pretensión de continuidad el cartismo no estuviera demostrando que, por el interés en los votos, desde el Ejecutivo son capaces de cualquier barrabasada presupuestaria (indexación, ampliaciones, moras).

Esas afirmaciones confirman que Peña será la reelección de Cartes por otros medios, con su plan autoritario de reducir la participación popular en el Gobierno instalando un Poder Ejecutivo hegemónico como lo tenía José Félix Estigarribia.

Santi es una especie de Benjamin Button, un anciano decrépito con apariencia cada vez más juvenil, para quien el futuro es el programa que Estigarribia impuso a nuestro Paraguay en su Constitución de 1940.

Su artículo 55 establecía lo que quiere Cartes y Peña buscará implementar: “Solo al Poder Ejecutivo corresponde la iniciativa en materia de gastos...”. Su artículo 76 confirmaba la hegemonía del Poder Ejecutivo señalando que: “Corresponde a la Cámara de Representantes: 4) Dictar anualmente la ley de Presupuesto de Gastos de la Nación a iniciativa del Poder Ejecutivo...”.

En soporte de su programa autoritario Cartes se vale también de Augusto Pinochet, el dictador de Chile cuyos colaboradores (Francisco Javier de la Cuadra) y admiradores (Felipe Larrain) asesoran a nuestro presidente.

El artículo 65 de la Constitución que Pinochet impuso a Chile en 1980 dispone que: “Corresponderá al presidente de la República la iniciativa exclusiva de los proyectos de ley que tengan relación... con la administración financiera o presupuestaria del Estado, incluyendo las modificaciones de la Ley de Presupuestos... Corresponderá, asimismo, al presidente... la iniciativa exclusiva para: 1º Imponer, suprimir, reducir o condonar tributos de cualquier clase o naturaleza... 3º Contratar empréstitos... 4º Fijar, modificar, conceder o aumentar remuneraciones, jubilaciones, pensiones... al personal en servicio o en retiro... de la administración pública. El Congreso Nacional solo podrá aceptar, disminuir o rechazar los servicios, empleos, emolumentos, préstamos, beneficios, gastos y demás iniciativas sobre la materia que proponga el presidente de la República”.

Esas atribuciones que Estigarribia y Pinochet se dieron a sí mismos, en la Constitución de Estados Unidos (Artículo 1º, inciso 8º) las tiene el Congreso. Está claro que la “legislación internacional” que usa Santi no es la democrática.

Con las ideas que Cartes impulsa a través de su títere, el Ejecutivo se convierte en hegemónico, monopolizador de prebendas para perpetuarse con una clientela fanatizada con fondos públicos como la que sostiene a Nicolás Maduro.