Tribunal anula segundo juicio y sobreseen a acusados del Ycuá

Aunque con distintos fundamentos, coinciden en la invalidez del último juzgamiento. Luego, hay voto dividido sobre lo que se debía hacer. Ahora, a las víctimas y al fiscal solo les queda recurrir a la Corte.

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En un fallo sin precedentes, el Tribunal de Apelación en lo Criminal anuló ayer la sentencia recaída en el segundo juicio oral por la tragedia del Ycuá Bolaños, y sobreseyó a todos los acusados.
La decisión motivó la reacción de algunas víctimas de la tragedia del 1 de agosto de 2004 que fueron hasta el Poder Judicial para protestar.
La noticia se conoció temprano en la mañana del lunes y era una de las decisiones judiciales muy esperadas.
Los camaristas Arnaldo Martínez Prieto, Miryam Peña y Vicente Cárdenas votaron de manera unánime en la nulidad, aunque cada uno con distintos fundamentos. No obstante, con relación al sobreseimiento, hubo disidencia. El último entendió que debía realizarse un reenvío parcial para que continuara el primer juicio interrumpido.
Fueron favorecidos Juan Pío Paiva, Víctor Daniel Paiva, Daniel Areco y Humberto Casaccia, quienes habían sido condenados a penas de 12, 10, 5 y dos años y seis meses de prisión. También afectó a los otros miembros del directorio que fueron juzgados.
Ahora, la Fiscalía y los querellantes adhesivos tienen diez días, tras ser notificados, para plantear un recurso extraordinario de casación ante la Sala Penal de la Corte, que podría anular nuevamente esta resolución. El fiscal Édgar Sánchez ya adelantó que recurriría el Acuerdo y Sentencia.
VOTOS. El camarista Arnaldo Martínez Prieto, en su voto, sostuvo que hubo doble juzgamiento en el caso, debido a que la “inconducta de los interesados produjo el descalabro institucional” en alusión a los incidentes del 5 de diciembre de 2005 cuando el primer tribunal iba a leer su sentencia y que motivó la conformación de un nuevo tribunal.
Afirma que en el segundo juicio se violó el principio por el cual nadie puede ser juzgado 2 veces por una misma causa.
Apunta que el segundo juicio oral es nulo y en consecuencia hay que “cancelar la causa y otorgar el sobreseimiento de los acusados”.
MUCHOS VICIOS. Por su parte, su colega Miryam Peña argumenta que para que exista uno, debía haber una sentencia firme. Dice que lo que se repite es una parte del proceso y no todo.
Además, analiza la norma constitucional que habla del doble juzgamiento. Acota que “no existe una decisión anterior a la sentencia del año 2008" por lo que no cree que se dé esta situación. Comparte la opinión de los jueces Germán Torres, Bibiana Benítez y Blas Cabriza, de anular el primer juicio.
Arguye, sin embargo, que en el fallo existen vicios insuperables que lo hacen nulo. Entre ellos incongruencia -se condenó por hechos no acusados-, falta de lógica y de valoración de pruebas, a más de fundamentación contradictoria, desconocimiento de la ley y -principalmente- duda sobre los acusados.
REENVÍO. Vicente Cárdenas vota en disidencia con los demás miembros, aunque manifiesta que el segundo juicio oral era nulo. Indica que el último tribunal que juzgó la causa, al anular el primer juicio, se atribuyó facultades que no tenía. Dice que sólo un tribunal de Apelación podía anularlo, por lo cual, su resolución es nula y anula las actuaciones posteriores.
Finalmente, menciona que corresponde seguir el primer juicio oral, para lo cual se debe realizar el reenvío parcial para que siga y se impongan las penas a los acusados en el caso.
TAMBIÉN CONFIRMAN FALLO SOBRE GUARDIAS
Los camaristas Arnaldo Martínez Prieto, Miryam Peña y Vicente Cárdenas también confirmaron ayer la resolución que sobreseyó definitivamente a los guardias de la firma Prevención, que custodiaban el Ycuá Bolaños, así como a dos accionistas.
Fueron beneficiados los guardias Eder Sánchez Martinetti, Jorge Daniel Penayo e Ismael Alcaraz por el delito de homicidio doloso. Además, el accionista Guillermo Alfonso, por exposición de personas a lugares de trabajo peligroso, a más de Humberto Casaccia, con respecto al cargo de omisión de auxilio.
Rechazaron las nulidades planteadas por los abogados y confirmaron el fallo del juez Rubén Ayala Brun. Asimismo, revocaron el apartado que declaraba el abandono de querella de los abogados Édgar Vázquez y Carlos Lugo.
Entienden que si bien hubo nulidad por la falta de notificación a las querellas de la reapertura de la causa, esto no trae agravio irreparable ya que el fiscal Édgar Sánchez representó a las víctimas.

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