Según juez, Constitución no contempla doble inmunidad

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Conferencia. Erico Galeano junto a su abogado.

Pese a la discusión de si el diputado y senador electo Erico Galeano tiene o no doble fuero, el juez del Crimen Organizado, Gustavo Amarilla, admitió ayer la imputación en su contra y lo citó para la audiencia de imposición de medidas cautelares.

El magistrado señaló a algunos medios de prensa que la Constitución no contempla la posibilidad de que una persona tenga doble fuero parlamentario, por lo que con ello admitió la imputación por supuestos hechos de lavado de dinero y asociación criminal.

Asimismo, también citó al parlamentario para el próximo viernes 2 de junio, a las 08:30, para la audiencia de imposición de medidas cautelares. Los fiscales Silvio Corbeta y Deny Yoon Pak solicitan la prisión preventiva del encausado.

Amarilla, igualmente, fijó para el próximo 24 de noviembre de este año la fecha para que los agentes del Ministerio Público presenten su requerimiento conclusivo en la causa contra Erico Galeano.

El miércoles, en sesión de la Cámara Baja, por voto unánime de los miembros, le despojaron de los fueros parlamentarios. Incluso, pese a que dijo que no lo haría, por nota, el mismo legislador pidió el desafuero a sus colegas congresistas.

Sin embargo, horas después del desafuero, el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) proclamó por resolución a todos los ganadores de las elecciones del 30 de abril, donde Galeano tiene un curul en el Senado.

Además, el acto de proclamación de los mismos se hará el 30 de mayo próximo, según resolvió el TSJE, con lo que para la fecha de su audiencia tendrá sus credenciales que le habilitan como senador de la República para el periodo 2023-2028.

De esta manera, lo más probable es que la defensa pida la nulidad de la imputación como ya lo había anticipado su abogado defensor, el ex juez Cristóbal Cáceres Frutos.

A esto seguramente se sumará el recurso de reposición en contra de la resolución que admite la imputación, con el argumento de que tiene fuero parlamentario, y que la imputación no reúne los requisitos legales.

La discusión gira en torno al artículo 191 de la Ley Suprema, que habla de que Galeano tiene fueros “desde el día de su elección hasta el del cese de sus funciones”, lo que es asociado con la proclamación como ganador.

De esta manera, este argumento seguramente tendrá que ser analizado judicialmente. Incluso, para pedir o no un nuevo desafuero a la nueva Cámara a la que pertenecerá.

De esta manera, pese a la admisión de la imputación, habría que ver si es que puede o no realizarse la audiencia de imposición de medidas cautelares.

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