12 may. 2024

Solo 10 de 300 contratos colectivos son válidos ante la Función Pública

Tanto juristas como la Secretaría de la Función Pública confirman que solo rigen los beneficios establecidos en los documentos homologados por la cartera y el Ministerio del Trabajo (ex MJT).

Por Anahí Vera

De las 336 instituciones estatales dependientes tanto de la administración central como de las descentralizadas, solo 10 (2,9% del total) tienen contratos colectivos válidos legalmente, según confirmó la Secretaría de la Función Pública (SFP).

El ministro de la cartera, Humberto Peralta, explicó que la asesoría jurídica de la institución dictaminó que para que los funcionarios puedan acogerse a los beneficios establecidos en los mismos, los documentos deben estar debidamente homologados tanto por la institución como por el Ministerio del Trabajo (ex MJT).

Agregó que si bien existen otras siete instituciones que tienen los contratos homologados parcialmente (algunos artículos fueron aprobados y otros no), el criterio es que estos no son válidos si no concluyeron el proceso correspondiente.

De las 26 instituciones dependientes de la administración central, específicamente del Poder Ejecutivo, solo están en regla los ministerios de Agricultura y Ganadería, Justicia y Trabajo, y Relaciones Exteriores.

Además, solo cinco entidades descentralizadas: Petropar, Senave, el Crédito Agrícola de Habilitación, Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (Dinac) y la Secretaría de Acción Social (SAS).

El sector está constituido por el Banco Central del Paraguay (BCP), las 17 gobernaciones departamentales, entidades autónomas, entes de seguridad como IPS, las empresas públicas, instituciones financieras y ocho universidades nacionales.

Y de los 246 municipios, solo los de Asunción y Coronel Bogado se encuentran en regla.

La mayoría de los beneficios que perciben los empleados públicos, tanto en concepto de bonificaciones como gratificaciones, fueron acordados a través de estos tratos entre los trabajadores estatales y las autoridades de cada institución.

Si bien los sindicatos de las diferentes instituciones públicas afirman que estos beneficios son derechos adquiridos, la postura de la SFP es que no existe ningún impedimento para recortarlos ya que son derechos en expectativa.

“Muchos creen que las gratificaciones (objeto de gasto 136 o 137) son un derecho adquirido, pero para la SFP no es derecho adquirido, sino en expectativa”, indicó Peralta.

Explicó que “se genera la expectativa de que uno va a cobrar, pero ahí intervine la decisión política que define si se concreta o no el pago”, siempre condicionado a la disponibilidad presupuestaria.

Agregó que en los próximos días revisarán los contratos homologados parcialmente, pero no tiene instrucciones de la Presidencia de la República para aprobarlos hasta que tengan los criterios definidos sobre la nueva escala salarial.

cuándo es legal. El titular del Colegio de Abogados Laboralistas del Paraguay, Gustavo Benítez Manchini, aclaró que los beneficios que se obtienen por contratos colectivos se convierten en derechos adquiridos cuando estos fueron debidamente homologados y los fondos se contemplan en la Ley de Presupuesto.

“Un contrato no homologado no es un contrato válido”, sostuvo.

Aclaró que no hay derechos adquiridos contra la ley, como cuando se le paga a un director por una dirección que no existe. Citó como uno de los casos el del director de fotocopias del Senado, Sigfrido Fonseca Vera, quien percibe mensualmente G. 14.652.000 como suma de pagos por “gastos de representación”, “responsabilidad en el cargo”, “antigüedad” y “grado académico”. Calificó el caso como una “aberración”.

Las “asignaciones complementarias al sueldo” oscilan entre el 60% hasta el 150% sobre la remuneración básica. De las cinco asignaciones extraordinarias iniciales (compensación por alimento, escolaridad, grado académico, responsabilidad en el cargo y antigüedad en la función), actualmente se abonan más de diez conceptos. El presupuesto 2014 previó un total de USD 370 millones solo para “gratificar” a los funcionarios.